Pedro García Espetxe
Algunos intendentes y concejales deberían reducir sus sueldos
El autor de la columna, Pedro García Espetxe destaca que es irrazonable la forma en la que se determinan las remuneraciones de los ediles.Leyendo una nota de un habitante de Guaymallén donde se presentó al concejo deliberante de Guaymallén, pidiendo la reducción de los salarios de los concejales, y recordando también la propuesta de un candidato a concejal en los mismos términos, me animo a escribir esta opinión porque al margen de la necesidad de austeridad republicana que pide para todos los funcionarios el art 4 inc2 ley 8993 de ética pública , entiendo que jurídicamente la forma de como deciden sus remuneraciones es irrazonable.
Veamos, hoy día a través de las ordenanzas que tratan los presupuestos de la comunas, muchos concejos e intendentes, basados solo en el principio de autonomía municipal se fijan discrecionalmente sus remuneraciones a través de un enganche automático al sueldo del gobernador.
Esta norma viola, en mi opinión, el principio de razonabilidad que tanto en la Constitución de Mendoza, al igual que en la Constitución Nacional argentina, exige que los actos del Estado sean lógicos, justos y proporcionales, evitando la arbitrariedad. Esto significa que las leyes y regulaciones deben estar justificadas por la Constitución y sus normas deben tener un contenido que guarde coherencia con los fines que persiguen, Se deriva de los artículos 28 y 33 de la Constitución Nacional y se aplica a toda la actividad estatal, incluyendo la legislativa, administrativa y judicial.
Además, esta razonabilidad, esta ratificada por la ley 9003 en su art 39 exigiendo a los funcionarios proporcionalidad en sus decisiones de acuerdo a los antecedentes de hecho y de derecho sobre los que resuelvan.
El incumplir con estas normas es actuar con irrazonabilidad, o sea actuar con arbitrariedad, lo que puede llevar a la nulidad del acto por inconstitucionalidad.
Varias comunas en base solo a su autonomía municipal fijan discrecionalmente sin una debida motivación los salarios del intendente y demás funcionarios decidiendo engancharse al sueldo del gobernador
Ahora la pregunta, ¿es razonable esta decisión?, mi opinión es negativa ya que al disponer el 95% del sueldo del gobernador para el intendente, como hacen algunas se equipará la responsabilidad del intendente a la del gobernador cuando en los hechos difiere muchísimo la magnitud de las responsabilidades políticas que tiene cada uno.
El gobernados debe velar por todo lo que sucede en el territorio provincial y por todos los habitantes de Mendoza, el intendente solo es responsable en su departamento, entonces no es razonable que ganen casi lo mismo, cualquier ciudadano responderá con sentidos común que no corresponde.
En mi opinión esta desproporcionalidad entre las magnitudes de las responsabilidades las funciones del gobernados y el intendente hace arbitraria la ordenanza que casi equipara los sueldos.
El tema de la arbitrariedad se agrava más con los concejales también prendidos en ese engache algunos llegan al 90 % del sueldo de gobernador, como es en Guaymallén, no solo su labor en importancia está lejos de la de un gobernador, sino porque además a diferencia del gobernador y del mismo intendente que no pueden, por una cuestión no solo legal sino de hecho continuar con la actividad que tenían antes de no ocupar el cargo, los concejales si pueden seguir con sus temas privados. por ejemplo, si es peluquero o médico o comerciante podrán seguir con su actividad, no creo que ser concejal les implique una dedicación que les impida seguir con la posibilidad de mantener la actividad que venían realizando o tener otras , hay antecedentes que algunos consejos se reunían en horarios casi nocturnos , para salvar sus actividades privadas .
Les recuerdo lo dicho por la corte respecto a que la discrecionalidad no es absoluta Existe una relación de intensidad entre la motivación del acto y el ejercicio de facultades discrecionales , a mayor libertad de acción o de elección, mayor carga de motivación existe para la administración Ubicación 600-122P.
Es mas en el dia de hoy 14 de noviembre la corte sentencia en un fallo plenario condenando al estado provincial a que haga una propuesta RAZONABLE , en un tema salarial e empleados públicos CUIJ N° 13-04253828-5, caratulada: “ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS JUDICIALES C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MENDOZA P/ACCIÓN PROCESAL ADMINISTRATIVA”.
Y que también piensen que, si la historia se repite, pueden terminar como los otrora concejales de las Heras, rindiendo cuenta ante la justicia por sus ordenanzas arbitrarias para aumentarse sus sueldos.
Conclusión es desproporcional e irrazonable y por lo tanto arbitrario enchancharse en el sueldo del gobernador en la proporción de un 95 % para el intendente y los concejales al intendente, como sucede en varias comunas , por lo que, si se mantiene esta decisión discrecional en las ordenanzas presupuestarias futuras, sin reducir el enganche a una proporción más razonable, las mismas pueden ser cuestionadas por inconstitucionalidad por la ciudadanía, ya que los órganos de control por ahora miran para el costado.
Por Pedro García Espetxe
