San Jorge: "La DIA está condicionada, tiene déficits informativos y compromete la tutela del agua"
El planteo lo realizó Oikos y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales. Señalan también que no debe ser aprobada "por carecer de información ambiental completa y verificable y por trasladar la resolución de riesgos ambientales a etapas futuras".
Oikos Red Ambiental y FARN exigen el rechazo inmediato y definitivo de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Minero San Jorge ante los legisladores mendocinos, argumentando que el expediente es técnica y jurídicamente incompleto, con graves déficits informativos que violan la Ley General del Ambiente y la Ley 7722. Las organizaciones denuncian que la DIA constituye una autorización condicionada ilegal al carecer de evidencia hidrogeológica esencial, diferir la definición de la línea de base del Arroyo El Tigre y usar datos hídricos desactualizados. Además, señalan que los dictámenes técnicos de Irrigación y CONICET confirman la insuficiencia de muestras para medir el riesgo de drenaje de ácido de roca (DAR), un riesgo inevitable que liberaría metales pesados y contaminaría el agua por miles de años.
La carta enfatiza que la incertidumbre sobre la conectividad del proyecto con el acuífero Yalguaraz y el Río Mendoza activa el principio precautorio, que obliga a no avanzar hasta que se diluciden los peligros ambientales. Las organizaciones también acusan a las autoridades de ilegalidad por omitir la consulta libre, previa e informada a las comunidades indígenas, vulnerando el Convenio 169 de la OIT. Con base en los principios pro natura y pro agua, las entidades concluyen que la única interpretación posible conduce al rechazo inmediato del proyecto, instando a los legisladores a cumplir con el deber constitucional de defender el patrimonio natural y asegurar la vigencia de la Ley 7722.
Oikos Red Ambiental y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, redactaron y difundieron una carta abierta destinada a los legisladores mendocinos que tienen que tratar la Declaración de Impacto Ambiental para la minera San Jorge y explican sus fundamentos. Inician el texto diciendo:
"Nos dirigimos a ustedes, en representación de organizaciones de la sociedad civil, de la ciudadanía y de las asambleas de vecinos, para exigir el rechazo inmediato y definitivo de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Minero San Jorge. El expediente que se encuentra a consideración de la Cámara es, desde una perspectiva técnica y jurídica, un documento incompleto, con notorios déficits informativos y problemas metodológicos que compromete seriamente la tutela del agua y los siguientes principios de política ambiental: prevención, sustentabilidad, progresividad, no regresión, responsabilidad, solidaridad y equidad intergeneracional".
Agregan que la DIA no debe ser aprobada "por carecer de información ambiental completa y verificable y por trasladar la resolución de riesgos ambientales a etapas futuras, configurando una autorización condicionada que viola la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y la normativa provincial (Ley 5961 y Ley 7722)".
Destacan que "los dictámenes técnicos del Departamento General de Irrigación, la Fundación UNCuyo (FUNC), IADIZA-CONICET señalan debilidades estructurales en el Informe de Impacto Ambiental (IIA). Estos déficits, al haber sido diferidos, impiden medir el riesgo y la compatibilidad del proyecto con el uso sustentable del agua. En definitiva, la DIA fue otorgada sin contar con evidencia hidrogeológica esencial. Se difiere la definición de la línea de base de caudal y calidad del Arroyo El Tigre, condición indispensable para evaluar impactos. A su vez, el balance hídrico presentado utiliza datos desactualizados (2008-2010) sin considerar la variable del cambio climático en la actualidad y sus proyecciones futuras.
Arroyo El Tigre.
Afirman que "los dictámenes técnicos advirtieron sobre el riesgo de drenaje de ácido de roca, señalando la insuficiencia de muestras presentadas. Sólo fueron presentadas 4 muestras cuando deberían haber sido decenas. Este riesgo es inevitable en la minería metalífera, liberando metales pesados como el arsénico, el cadmio o el plomo que contaminan las redes tróficas y el agua por miles de años".
No dudan que "existe incertidumbre sobre la conectividad con el acuífero Yalguaraz/Lomada y la cuenca del Río Mendoza, constituyendo un riesgo significativo de contaminación subterránea. Esta falta de certeza activa el principio precautorio que establece que no se debe avanzar con la actividad, hasta tanto no se diluciden las incertidumbres sobre los peligros existentes para el ambiente".
Miembros del Consejo Provincial del Ambiente.
"No está garantizada la protección efectiva del ecosistema hídrico, particularmente de la Ciénaga de Yalguaraz, identificada como un punto crítico de vulnerabilidad ambiental. En una nueva muestra de ilegalidad, el proyecto San Jorge cobre mendocino pretende, avanzar sin el consentimiento de las comunidades indígenas de la zona. Las autoridades han omitido la consulta, libre, previa e informada a las comunidades locales vulnerando así el Convenio 169 de la OIT".
"En caso de duda, las coordenadas interpretativas sobre las que deben basar su decisión son los principios pro natura y pro agua. En este sentido, la DIA en cuestión debe ser interpretada del modo más favorable a la protecciónn y preservación del agua y sus ecosistemas conexos. Esta interpretación conduce al rechazo inmediato del proyecto San Jorge cobre mendocino".
Agregan que "el segundo párrafo del art. 41 de la Constitución Nacional establece el deber estatal para la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica. Cumplan con ese deber constitucional, defiendan la vigencia de la Ley 7722 y rechacen la DIA".