Justicia
Casación confirmó que Cristina debe pagar $ 685 mil millones
El máximo tribunal penal rechazó la pretensión de la expresidenta presa por corrupción respecto del monto del decomiso, y también avaló el método con que se actualizó esa cifra.Para llegar al monto final, se utilizó el índice de precios al consumidor (IPC), un método respaldado por los peritos de la Corte Suprema, lo que para el tribunal garantiza "independencia, imparcialidad y solidez metodológica". La defensa de la ex presidenta había cuestionado esta cifra y la metodología, proponiendo un monto mucho menor, pero su reclamo fue desestimado. Esta resolución allana el camino para que el juez a cargo de la causa avance con la ejecución de los bienes de los condenados, tal como lo solicitó la fiscalía, que ya ha identificado inmuebles de Cristina Kirchner y Lázaro Báez.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó que Cristina Kirchner debe pagar 684.990.350.139,86 pesos de forma solidaria con los demás condenados del caso Vialidad, en concepto de decomiso. No sólo avalaron la cifra exigida por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) sino también el método aplicado para la actualización del valor fijado como el fraude cometido.
El 15 de julio, el Tribunal Oral Federal 2 -responsable de ejecutar la pena de la causa donde Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta- intimó a todos los responsables de la maniobra a pagar aquella suma en el plazo de diez días hábiles.
Pero nadie pagó, y la defensa de la expresidenta cuestionó la cifra arribada partiendo de la base de la defraudación que en la sentencia de juicio se había fijado en 85.000 millones de pesos, y la metodología aplicada por los peritos de la Corte Suprema de Justicia para arribar a los más de 684.000 millones.
En sus votos de este miércoles, los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación, Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña coincidieron en que la condena dictada en diciembre de 2022 se encuentra firme desde la intervención de la Corte en junio pasado, "lo que clausura cualquier debate sobre la procedencia o extensión del decomiso".
En este mismo sentido señalaron que lo que corresponde ahora es "únicamente su ejecución, con la actualización necesaria para resguardar el valor real de las sumas confiscadas".
Con un criterio unánime, los integrantes del máximo tribunal penal, indicaron que el decomiso es una “consecuencia legal e imperativa de la condena penal prevista en el artículo 23 del Código Penal”. Es decir: es resultado del delito cometido y que confirmó la sentencia de juicio. La misma obtuvo firmeza el 10 de junio tras el fallo unánime de la Corte Suprema de Justicia.
Al momento de referirse a la actualización del monto -que asciende a $684.990.350.139,86- los camaristas respaldaron el dictamen técnico del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como así también el criterio aplicado por las profesionales del Ministerio Público Fiscal.
Los jueces entendieron que dichos informes en los que se basó el TOF 2 para exigir el pago del decomiso a la ex Presidenta y a los demás ocho condenados por corrupción, “garantiza independencia, imparcialidad y solidez metodológica”.
Bajo dicha premisa, la Sala IV señaló que los informes de parte -los del perito de Cristina Kirchner-,“fueron correctamente descartados por carecer de sustento suficiente y que los precedentes invocados por la defensa no resultan comparables, por lo cual no se verificó arbitrariedad ni violación al principio de igualdad”.
La defensa de la ex presidenta, sostuvo que el método utilizado por el tribunal oral (índice de precios al consumidor) resultaba inadecuado, y señaló que resultaba más apropiado el criterio seguido por el perito contador de parte, quien arribó a un monto sustancialmente menor ($ 42.494.357.845,17). Asimismo, solicitó que se suspenda la ejecución del decomiso.
A ese reclamo adhirieron las defensas de Lázaro Antonio Báez, José Francisco López y Mauricio Collareda. Todo fue desestimado por el máximo tribunal penal.
La resolución a la que accedió Clarín, reafirma la "naturaleza obligatoria del decomiso como consecuencia legal accesoria de la condena penal, en cumplimiento de lo establecido por el Código Penal y las convenciones internacionales contra la corrupción".
La decisión de la Cámara de Casación allana el camino para que el juez Jorge Gorini -responsable de hacer cumplir la pena en el caso Vialidad-, avance con la ejecución patrimonial de los acusados.
El fiscal general, Diego Luciani, hace unos días presentó un listado de veinte inmuebles de Cristina Kirchner, y 89 de Lázaro Báez sobre los cuales pidió la ejecución patrimonial inmediata.
La semana pasada, el fiscal general Mario Villar se opuso a los argumentos del abogado de Cristina, Carlos Beraldi.
El representante del Ministerio Público Fiscal calificó de "tergiversado" el análsis de Beraldi, que puso en duda el criterio utilizado para actualizar aquellos 85.000 millones de pesos que figuran en la sentencia de juicio y que se fijaron como monto del fraude cometido a través de las licitaciones viales que de forma irregular y sistemática le fueron adjudicadas a Lázaro Báez.
En conclusión, dijo el fiscal Villar, "el decomiso, su monto y su forma de actualización pudieron ser y efectivamente fueron debatidas en los momentos correspondientes (juicio oral y público, instancia de casación y etapa de revisión extraordinaria)", por eso consideró extemporáneo el reclamo de Cristina Kirchner.
Ahora, la Sala IV del máximo tribunal penal avaló ese precepto. Es decir: no sólo consideró que era correcta la fórmula de actualización sino también, que el dinero reclamado es el correcto.