Comienza la veda electoral: qué se puede hacer y qué no
Desde las 8 rige en todo el territorio nacional una serie de prohibiciones en torno al desarrollo de las elecciones de este domingo. Cuáles son.
Este domingo 26 de octubre son las elecciones legislativas y, desde las 8 del viernes, rige en todo el territorio de la República Argentina la veda electoral.
De esta manera, comienza una serie de prohibiciones, centradas principalmente en las actividades proselitistas y la difusión de información sobre sondeos de los comicios.
De acuerdo con el artículo 71 del Código Nacional Electoral, dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo” a las 18 del próximo domingo.
Por qué existe la veda electoral
Uno de los objetivos es el de generar una instancia libre de reflexión en el período inmediatamente anterior a las elecciones para que las y los ciudadanos puedan evaluar, teóricamente sin ser influidos por la propaganda política, sobre el sentido de su voto, en caso de que aún no hayan tomado la decisión.
¿Qué actividades no se pueden hacer durante la veda electoral?
- Actos públicos de proselitismo: esto incluye actos políticos, mítines, concentraciones, desfiles, etc.
- Publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc.
- Ofrecer o entregar boletas de sufragio: esto incluye ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores, a los miembros de mesas receptoras de votos o a los funcionarios electorales.
- Portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos: esto incluye portar armas de fuego, portar banderas, divisas u otros distintivos de partidos políticos.
- Abrir organismos partidarios: esto incluye abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación.
- Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc., sobre el resultado de la elección.
Qué se puede hacer y qué no
- Se prohíbe realizar actos públicos de campaña.
- Se prohíbe el proselitismo electoral, incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios.
- También se prohíben posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
- Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
- La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
- La portación de armas está prohibida durante la veda electoral.
- Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
Qué pasa con quienes violan la veda electoral
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados si la Justicia comprueba la falta.
Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.