La Ley Micaela, una asignatura pendiente en el Poder Judicial de Mendoza
El Poder Judicial de Mendoza continúa permitiendo que víctimas de violencia sean examinadas por funcionarios que carecen de las herramientas conceptuales para identificar sesgos de género.
El 1° de abril de 2017, la sociedad argentina se vio sacudida por el femicidio de Micaela García, una joven de 21 años, estudiante de Educación Física y militante del Movimiento Evita y NiUnaMenos, cuyo compromiso social se traducía en redes de cuidados para las infancias en Gualeguay. Su asesinato, cometido por una persona que gozaba de libertad condicional a pesar de informes técnicos desfavorables, dejó al descubierto una falla sistémica: la carencia absoluta de perspectiva de género en quienes deben impartir justicia.
Marcelo Venier.
En respuesta a este clamor social, en 2019 se sancionó la Ley 27.499, conocida como Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. La provincia de Mendoza adhirió formalmente a esta norma mediante la Ley 9.196. Sin embargo, a más de nueve años del crimen de Micaela y siete de la sanción de la norma, la realidad en los tribunales mendocinos revela una resistencia institucional que perpetúa la violencia institucional.
El laberinto administrativo de la Suprema Corte
La importancia de la Ley Micaela en el plano judicial es trascendental: no se trata de un simple curso, sino de una herramienta para garantizar que el Estado investigue con debida diligencia reforzada y evite la revictimización de las mujeres. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza parece rehuir del cumplimiento efectivo de la norma cuando se trata de sus auxiliares directos: los peritos judiciales.
Micaela García.
En un informe oficial emitido el 29 de noviembre de 2024, la Secretaría Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) sostuvo que no es un requisito para la inscripción de peritos de lista el cumplimiento de la Ley Micaela, alegando que estos profesionales no se encuentran "constreñidos" por la norma. Esta interpretación administrativa ignora que el perito judicial, al aceptar el cargo, queda investido de autoridad pública y ejerce una función pública delegada. Al ser auxiliares cuya labor es indispensable para que el juez dicte sentencia, su falta de capacitación en género vicia el proceso desde su origen.
El caso Velazco: Un espejo de la desprotección
El expediente “Velazco María Soledad c/ Yell Argentina S.A.”, que tramita en la Cuarta Cámara del Trabajo, se ha convertido en el escenario donde esta tensión legal ha estallado. La actora, víctima de violencia de género y mobbing laboral, ha exigido reiteradamente que quienes evalúen su integridad psicofísica sean profesionales capacitados en la materia para no incurrir en actos de violencia institucional.
Tras un derrotero de años donde el tribunal inicialmente removió a peritos que confesaron no tener la formación (como el Dr. López Risso a fojas 224), la resolución del 25 de marzo de 2026 marcó un retroceso alarmante. En dicho fallo, el tribunal rechazó un incidente de nulidad planteado por la trabajadora calificándolo de "innecesario" y ordenó avanzar con las pericias de profesionales que aún no acreditan su formación en género.
Un sistema que elige no ver
A pesar de que las inscripciones para la capacitación en el IPAP están abiertas de forma permanente y son virtuales, el Poder Judicial de Mendoza continúa permitiendo que víctimas de violencia sean examinadas por funcionarios que carecen de las herramientas conceptuales para identificar sesgos de género.
La nota de color, o más bien de sombra, la pone el propio tribunal al priorizar el "impulso procesal" por sobre la integridad psicofísica de la denunciante. Al dictar un "no ha lugar" al pedido de aplicación estricta de la Ley Micaela, los jueces se convierten en espectadores de una Suprema Corte que, administrativamente, ha decidido que la capacitación en derechos humanos es opcional para sus auxiliares.
La Ley Micaela no nació para ser un adorno legislativo, sino para evitar que casos como el de Micaela García se repitan por la ceguera de un sistema que se niega a aprender. Mientras Mendoza siga eximiendo a sus funcionarios y peritos de esta formación, la justicia con perspectiva de género seguirá siendo, tristemente, una promesa incumplida en el papel de un expediente.