Pedro García Espetxe
Es la independencia de la división de poderes, señor gobernador
El autor de la columna cuestiona la falta de independencia de las personas que Alfredo Cornejo elige para cubrir vacantes en los órganos de control. El ejemplo de Andrea Molina, flamante vocal del Tribunal de Cuentas.Una vez más el gobernador aprovechando sus facultades y su escribanía legislativa impuso en el Tribunal de Cuentas a una persona que por sus obvios antecedentes políticos carece de la independencia que exige nuestra Constitución Provincial al adoptar en su art 1 la forma republicana de gobierno.
Es pública y notoria, a través de los antecedentes acompañados, la dependencia que ha tenido la designada respecto al partido radical. Incluso para acceder a los cargos que tuvo, destacándose que en varios de ellos fue propuesta por el mismo Alfredo Cornejo.
Podrá jurar una y mil veces que en el futuro será independiente, pero tanto la independencia como la idoneidad que se necesita para estos cargos, tienen que estar probadas al momento de la designación. No se promete ser independiente, se es, o no se es independiente. Hoy día no es independiente.
Que casi todas las designaciones anteriores similares -no solo del radicalismo , sino del mismo peronismo- no hayan respetado este principio republicano elemental de la independencia probada en los elegidos para cargos vitalicios que garantiza la división de poderes, no justifica seguir con la misma corruptela política. Es más, es un hecho irrefutable el desprestigio que tienen estos cargos en la sociedad, basados en su inoperancia y en su falta de independencia respecto a la influencia de la política sobre los mismos.
Me remito a una encuesta hecha sobre la justicia mendocina por la misma Corte este año donde le dio estos porcentajes de aprobación, solo el 7,2% la considero buena, el 33,9 % regular y el 58,9% PESIMA.
Es hora de cambiar, de mostrarles a los ciudadanos de Mendoza, que además del orden, se intenta la mejor institucionalidad posible, la elegida no ha acreditado independencia, no cumple con este requisito para el cargo, solo es sentido común, pregunten a cualquier ciudadano si una persona que ha sido nombrada por cornejo en sus anteriores cargos, va actuar con independencia cuando tenga que controlar al mismo cornejo ,o al presidente del partido radical y de la cámara de diputados Lombardi, con el que comparte un tema familiar.
El mismo gobernador en declaraciones recientes reconoce que los propuestos son candidatos que piensan igual que el, una garantía de independencia para los que piensan distinto. "Lo propusimos a (José) Valerio en el entendimiento de que es una corriente que piensa como nosotros, que piensa como Alejandro Gullé, que piensa como pienso yo acerca del ejercicio Penal”, dijo a modo de ejemplo.
Clara Lucarella, coordinadora de los Programas de Fortalecimiento de la Democracia y Apertura del Poder Judicial de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) comenta: “La pregunta no es sólo de fondo institucional, sino de lógica política: ¿puede ese juez resistir la tentación –o la presión– de favorecer al mismo partido que lo designó? ¿O su designación ya es el resultado de un pacto que condiciona sus futuros fallos?”. Además el abogado constitucionalista Rodrigo López Tais reflexiona: “Algo de esto ya había sido motivo de observación por parte de Alexis de Tocqueville en su obra ‘La Democracia en América’, cuando advertía que ‘se requiere que los jueces sean inamovibles para que sean libres, pero de nada sirve que no se les pueda quitar su independencia, si ellos la sacrifican voluntariamente’”.
Y finaliza: “Una república sin jueces independientes es apenas un ornamento constitucional. Un formalismo institucional que permite que todo ocurra ‘conforme a la ley’, incluso aquello que viola el propio orden constitucional. En esas democracias de papel, el derecho ya no protege al ciudadano, sino que lo disciplina, ya que no hay jueces que hablen en nombre de la justicia, sino que lo hacen en nombre del poder”.
Pero al margen de estos hechos sagrados como dice el gobernador, revela la hipocresía del oficialismo que fue el mentor de la nueva ley que regula al Tribunal de Cuentas, la ley 9292, les transcribo que dice la ley en su art 1 apartado 5) cuando se enarbolan los principios y definiciones que deben regir el control del Tribunal de Cuentas.
Artículo 1º- El ámbito de aplicación, los principios y definiciones relacionados con el control que ejerce el Tribunal de Cuentas son:
5. Principio de Independencia. La independencia es la condición básica para el ejercicio de la función de control y comprende: a) La independencia del propio ente de control externo (funcional, organizativa y financiera); y b) La independencia de sus miembros y funcionarios. Para el cumplimiento eficaz de sus funciones, el ente de control externo debe ser independiente del controlado y preservado de influencias externas. LA DESIGNACION Y SUSTITUCION DE LOS MIEMBROS DEL ENTE DE CONTROL, DEBE GARANTIZAR LA INDEPENDENCIA DE LOS MISMOS , DEL ORGANO CONTROLADO Y DE TODA INFLUENCIA, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 185 de la Constitución Provincial
Como ya expresara salvo una promesa de la candidata no existe a la fecha elementos que como dice la ley garanticen su independencia, al contrario, sus antecedentes demuestran un vínculo importante con sus futuros controlados.
Como siempre no paso nada , el aparato armado por la mayoría legislativa automática y los escudados en el voto secreto inmunes al deber ser, sumado a las adhesiones obligatorias conseguidas por los correligionarios como es de estilo , actuaron con obediencia debida y tenemos un nuevo miembro radical en el Tribunal de Cuentas, no lo digo yo, todos los medios lo destacan, con las lógicas consecuencias .
Por eso estimados mendocinos cuando votemos pensemos en elegir legisladores que, cumplan su rol de equilibrio republicano evitando los abusos de los que van por todo, que normalmente lo hacen en la búsqueda sobre todo de su impunidad futura .