Escándalo
Dictamen de Fiscalía de Estado ratifica sospechas sobre la adjudicación de la Fiesta de la Cerveza
El concejal de Unión por la Patria, Martín González, denunció públicamente irregularidades en la contratación de Estrella Eventos y Espectáculos para la edición 2025 de la Fiesta de la Cerveza. Fiscalía de Estado confirmó la existencia de irregularidades.Un dictamen de Fiscalía de Estado alimenta las sospechas sobre las irregularidades en las que incurrió la Municipalidad de Godoy Cruz en la adjudicación de la última edición de la Fiesta de la Cerveza. En concreto, el órgano de control confirmó que la empresa Estrella Eventos y Espectáculos no cumplía los requisitos establecidos en el pliego para participar en la licitación. Específicamente, la empresa estaba inhibida y los pliegos eran claros al establecer que no podía adjudicarse el evento a una empresa con inhibiciones. Pero lo más sospechoso es que un mes antes la Municipalidad de Godoy Cruz le había rescindido el contrato a otra productora, Multitudes Aireadas, por supuestos problemas de papeles vinculados a la póliza de caución.
En pocas palabras, el intendente Diego Costerelli le rescindió el contrato a una productora por estar floja de papeles, pero le adjudicó la Fiesta de la Cerveza 2025 a otra empresa que tampoco tenía los papeles ordenados. Eso último ha sido confirmado por Fiscalía de Estado a través del dictamen que se conoció esta semana.
La cronología de los hechos es la siguiente. En agosto del 2025 se adjudica la realización de la Fiesta de la Cerveza a Multitudes Aireadas, pero a los pocos días se rescinde el contrato y se llama a licitación nuevamente. En septiembre solamente se presenta Estrella Eventos y Espectáculos y la Municipalidad le adjudica el evento. Lo que confirma Fiscalía de Estado es que hubo irregularidades administrativas en esa adjudicación exprés.
La denuncia fue efectuada y suscripta por el Concejal del Bloque Unión por la Patria, Martín González. Específicamente, el edil denunció posibles irregularidades en la tramitación, confección y adjudicación del proceso de Licitación Pública y solicitó la intervención de Fiscalía de Estado.
González denunció que se adjudicó la Fiesta de la Cerveza a "Estrella Eventos y Espectáculos SA. una empresa que, conforme surge de registros públicos, se encuentra actualmente inhibida judicialmente, situación que invalida su capacidad para contratar con el Estado". "Tal circunstancia constituye una violación directa a lo dispuesto en la Cláusula Segunda del Pliego de Condiciones Particulares que rigió la licitación mencionada, la cual establece expresamente que no podrán participar ni resultar adjudicatarias aquellas personas físicas o jurídicas que se encuentren 'Inhibidos o concursados civilmente por disposición judicial'. A pesar de ello, la adjudicación fue otorgada a dicha firma, incurriendo el Municipio en un acto administrativo que podría ser nulo de nulidad absoluta por contrariar normas de orden público y por vulnerar los principios de transparencia, igualdad y legalidad que rigen los procedimientos licitatorios", sostenía González.
La respuesta de la comuna fue que solo hubo un oferente y existía una necesidad de urgencia por la proximidad de la fecha del evento. Pero además de ello, esgrimen que luego de la adjudicación la Dirección de Compras toma conocimiento de que en el Registro Público figuraba una inhibición del oferente (año 2024), y que por ello lo intima/convoca a brindar explicaciones. "Indica que el proveedor atribuyó la medida a una deuda con AFIP (año 2023) ya cancelada, acompañando constancias y refiriendo que existía instrucción de levantamiento aún no reflejada registralmente. El Municipio añade que se reservó el derecho de no abonar suma alguna hasta constatar el efectivo levantamiento/regularización registral. En paralelo, pondera la urgencia, la unicidad de oferente y la necesidad de no frustrar el evento, sosteniendo que la causa de la inhibición se encontraba extinguida por pago y que el aspecto registral se subsanaría antes de cualquier desembolso", se defienden desde Godoy Cruz. Pero Fiscalía de Estado echó por tierra esos argumentos y dictaminó en contra del municipio.
El dictamen de Fiscalía de Estado
Desde el órgano que conduce Fernando Simón dejaron claro que fue el propio municipio el que redactó los pliegos y determinó las condiciones exigidas para poder participar del proceso licitatorio. Es decir, fue la Municipalidad de Godoy Cruz la que redactó el artículo 2 de las “Bases y Condiciones para la Fiesta de la Cerveza – Edición 2025”, que establece las prohibiciones para participar. Dicho artículo habría enumerado de manera expresa los sujetos excluidos del proceso, entre ellos las personas “inhibidas o concursadas civilmente por disposición judicial”. "Tal previsión, en tanto fue incorporada por la propia Administración al instrumento rector del procedimiento, no puede ser considerada como una carga impuesta por el administrado ni como un elemento extraño al régimen de selección", asevera desde Fiscalía de Estado y cuestionan la decisión de la Municipalidad de atender esa situación en una etapa posterior del proceso licitatorio.
"No resulta compatible con el régimen licitatorio trasladar la verificación de una causal de admisibilidad a etapas posteriores de ejecución contractual. La decisión de condicionar pagos hasta constatar el levantamiento o regularización registral, tal como fue informado por el Municipio puede eventualmente operar como recaudo de tutela patrimonial en la etapa de ejecución, pero no reemplaza el control que debía realizarse en el momento procedimental pertinente, esto es, al analizar la admisibilidad de la oferta y la aptitud del oferente para continuar en el procedimiento", asevera.
En ese punto, Fiscalía de Estado entiende que la posterior interpretación que neutraliza una cláusula expresa de los pliegos constituye una solución incompatible con los principios de juridicidad, igualdad, transparencia y buena fe administrativa.
"La admisión y posterior adjudicación en favor de un oferente que, según se denuncia y según el propio informe municipal reconoce, registraba una inhibición publicitada al tiempo relevante del procedimiento, podría importar —prima facie— un apartamiento de una regla expresa del procedimiento, con eventual afectación de los principios de juridicidad, igualdad de trato, transparencia y selección objetiva del cocontratante", se puede leer en el dictamen.
Pero Fiscalía de Estado incluso cuestiona las contradicciones en las que incurre la Municipalidad de Godoy Cruz que adjudica pese a la inhibición de la empresa pero luego reconoce la gravedad de la situación. "La propia conducta posterior del Municipio confirma, en alguna medida, la relevancia jurídica del extremo. Según surge de lo informado por la Municipalidad, el órgano licitante no trató la inhibición como un dato absolutamente irrelevante, sino que convocó o intimó al proveedor a brindar explicaciones, recibió constancias relativas al pago de la deuda que habría originado la medida y se reservó el derecho de no abonar suma alguna hasta constatar el efectivo levantamiento o regularización registral. Esa conducta revela que la inhibición tenía, al menos para el propio órgano licitante, entidad suficiente para activar un control específico. Lo jurídicamente objetable no es que se haya ponderado el dato, sino que se lo haya desplazado hacia una etapa posterior si el pliego lo configuraba como condición de admisibilidad", advierten desde Fiscalía de Estado.
"Si el Municipio entendía que la cláusula resultaba excesiva, inconveniente, técnicamente inadecuada o contraria al régimen general de contrataciones, debió corregirla antes de aprobar el llamado, mediante la modificación pertinente del pliego. Lo que no aparece admisible es sostener, luego de abierto el procedimiento y frente a la situación concreta del único oferente, que el requisito que el propio Municipio incorporó no podía producir efectos. Tal proceder no aparece suficientemente compatible con las exigencias de previsibilidad, igualdad y buena fe administrativa", aseveran desde el órgano de control.
En base a todo ello, Fiscalía de Estado entiende que hay elementos suficientes para considerar la posible existencia de una irregularidad administrativa en el trámite y adjudicación del procedimiento licitatorio cuestionado y resolvió sacar compulsa para que la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia también investiguen lo ocurrido.
"Bajo ese marco, considero que el procedimiento licitatorio aparece, prima facie, atravesado por una irregularidad jurídicamente relevante, consistente en la admisión y posterior adjudicación a favor de un oferente que registraba una inhibición publicitada, pese a la existencia de una cláusula expresa del pliego que impedía la participación de sujetos en tal situación. Ello importaría, en principio, un apartamiento de las reglas previamente fijadas por el propio órgano licitante, con posible afectación de los principios de juridicidad, igualdad de trato, transparencia, previsibilidad y selección objetiva del co-contratante", sostiene
Estrella Eventos y Espectáculos
La empresa Estrella Eventos y Espectáculos es la misma que se encarga desde hace años de la realización de la Fiesta Nacional de la Vendimia. También fue la encargada de montar el escenario del Jazz en el Lago luego de una contratación relámpago que estuvo cargada de sospechas de direccionamiento.
El malestar entre los gestores culturales es notorio. Se quejan de que el Gobierno provincial contrata en paquete y afirman que es una estrategia para dejarlos fuera de carrera. Además, denuncian que se hacen contrataciones de urgencia para eventos que desde hace tiempo estaban programados. Es decir, llaman a licitación a último momento para poder utilizar la figura de la contratación directa con el pretexto de la urgencia. Advierten que la única empresa que puede competir en esas condiciones es Estrella Eventos y Espectáculos, que se ve beneficiada con la contratación de los eventos vendimiales y, el año pasado, también la Fiesta de la Cerveza.
