La jueza Badú Burú Budía y otros casos de censura previa en Argentina

Las prohibiciones judiciales a la prensa argentina vuelven a la luz pública. La reciente medida que frena la difusión de audios de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, reaviva el debate sobre los límites a la libertad de expresión.

SOCIEDAD

El concepto de censura previa, prohibido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, resurge periódicamente en la historia argentina, y la reciente medida judicial que prohíbe la difusión de audios atribuidos a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, lo pone de nuevo en el centro del debate público.

Este hecho evoca un resonante antecedente: la causa que involucró a la jueza María Romilda Servini y al humorista político Tato Bores. 

El caso de la "jueza Barú Budú Budía"

En 1992, la jueza federal María Romilda Servini de Cubría, conocida como la "Dama de Hierro de la Justicia", logró una medida cautelar que ordenaba al programa de televisión de Tato Bores abstenerse de "emitir cualquier mención o imagen" de su persona.

La magistrada argumentó que la representación de su figura en el programa, en el sketch musical donde era mencionada como la "jueza Barú Budú Budía", constituía una mofa y un desprecio, usando las palabras "ludibrio y eutrapelia". Este intento de censura fue un ataque directo a la libertad de prensa y se convirtió en un símbolo de la lucha contra la censura previa.

En respuesta, Tato Bores, con su característica inteligencia y humor, salió al aire con la boca amordazada con la mordaza de la justicia, mostrando carteles que explicaban la situación. Su hija, Marina Borensztein, y otros personajes interpretaron la famosa canción que se burlaba de la censura.

El caso de la "jueza Barú Budú Budía" evidenció el poder del humor y la sátira como herramientas de crítica política, y se volvió un ejemplo histórico de la resistencia de la prensa frente a los intentos de censura del poder judicial.

La censura previa en la actualidad: el caso Karina Milei

Décadas después, la historia se repite con un matiz diferente. Un juez civil y comercial, Patricio Alejandro Maraniello, dictó una medida cautelar para ordenar el "cese inmediato de la difusión" de los audios atribuidos a Karina Milei.

Esta decisión, tomada sin siquiera haber escuchado los audios, se basa en la violación a la privacidad, aunque constitucionalistas y la oposición han calificado el fallo como un "mamarracho jurídico" y un acto de censura previa, que afecta la libertad de expresión.

La medida del juez Maraniello ha provocado fuertes críticas, y la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) ha repudiado la decisión.

Este caso, al igual que el de Tato Bores, pone de manifiesto una tensión recurrente en la democracia argentina: el conflicto entre la defensa de la privacidad y el derecho a la información pública, especialmente cuando los hechos involucran a figuras de gobierno.

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