El Juez del Juzgado Penal Colegiado 2, Dr. Diego Flamant, rechazó el habeas corpus colectivo presentado por 1900 internos de la Penitenciaría del complejo Almafuerte 1.
Hace una semana, la abogada María Elena Quintero había presentado una acción donde exponía las condiciones en las que se encontraban los internos y cómo se veían afectados distintos aspectos de la vida cotidiana dentro de la cárcel. Sin embargo, el letrado rechazó el habeas corpus debido a que entendió que las situaciones denunciadas habían sido resueltas.
Entre los fundamentos, explicó que el “habeas corpus correctivo solo procede frente a agravios actuales, concretos y claramente acreditados, y no frente a denuncias genéricas o afirmaciones amplias sin suficiente individualización de hechos. En este sentido, el Servicio Penitenciario sostuvo que lo planteado por los internos resultaba ser abstracto, repetido y sin prueba específica”.
En un comunicado difundido en la tarde de este viernes, explicaron que para tomar la decisión el magistrado tomó en consideración los informes oficiales del Servicio Penitenciario.
Además, pudo determinar en visitas presenciales a los pabellones del complejo penitenciario que el suministro de agua (caliente y fría) se encuentra normalizado, existen planes de contingencia para cortes, la calefacción funciona en los distintos módulos, se entregan elementos de higiene mensualmente y, por último pero no menos importante, hay atención médica organizada por módulos y guardias permanentes.
En el texto, también afirmaron que en Almafuerte “existen mecanismos alternativos de comunicación tras el retiro de celulares, las visitas han sido ampliadas de quincenales a semanales y se encuentran ejecutando obras e inversiones para afrontar la sobrepoblación”.
Almafuerte
“Durante las entrevistas del magistrado con internos surgieron reclamos sobre colchones, calefacción, recreación, atención médica y falta de agua caliente en algunos sectores, las declaraciones fueron heterogéneas, es decir, algunos internos reconocieron funcionamiento adecuado del agua o calefacción en determinados módulos, entre otras declaraciones”, comunicaron.
“Se interpreta que no se acreditó una situación uniforme y generalizada que habilitara la procedencia del remedio colectivo en los términos pretendidos, es decir, hacer lugar al habeas corpus”, agrega el texto.
Por todo esto, el juez resolvió rechazar el habeas corpus y solicitó al servicio penitenciario que garantice la provisión de colchones y mantas cuando haya faltantes; recomendar la ampliación del número de camastros; ampliar la posibilidad de educación para los internos que deseen acceder a esto; etc.