El Gobierno Nacional autorizó este martes el traslado de animales domésticos o mascotas en micros y trenes de larga distancia. En la medida especificaron que cada empresa de transporte podrá fijar una tarifa razonable para el traslado de los animales.
Se trata de una medida aggiornada a la época. Se sabe, por ejemplo, que en la Ciudad de Buenos Aires existen más mascotas que niños menores de 14 años. De esta manera, las personas que no quieren dejar a sus perroso gatos en cada durante las vacaciones podrán trasladarlos sin mayores impedimentos.
Detalles de la medida que permite viajar con mascotas en micros y trenes
La resolución establece que cada pasajero mayor de edad podrá trasladar un animal doméstico, el cual deberá viajar en un contenedor o transportador adecuado que asegure su salubridad y protección.
El contenedor o canil deberá permanecer cerrado y podrá ubicarse preferentemente sobre la falda del dueño, debajo del asiento delantero o sobre el asiento adyacente a la ventana, siempre asegurado con el cinturón de seguridad.
Al momento de abordar, o cuando lo solicite el personal de la empresa de transporte, el pasajero deberá exhibir la constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación requerida por la normativa aplicable, la cual deberá portar durante todo el viaje.
El dueño será responsable de la custodia, salud y seguridad de su mascota, y de garantizar que no cause molestias a otros pasajeros.
El Gobierno autorizó el traslado de mascotas en micros
Los requisitos de las empresas que trasladarán mascotas
Las empresas de transporte establecerán las condiciones y limitaciones relativas a especies, razas, peso, dimensiones y demás características de los animales a trasladar, así como otros requisitos o restricciones operativas (días, horarios, recorridos, etc.).
Deberán definir los procedimientos de limpieza y desinfección posteriores al traslado, para asegurar que los asientos queden en condiciones para su uso por parte de otros pasajeros o animales.
En terminales, estaciones y paradas habilitadas deberán disponerse espacios específicos para la espera y el abordaje de pasajeros con animales domésticos, debidamente señalizados y acondicionados conforme a las normas de seguridad e higiene vigentes.
Las empresas podrán fijar una tarifa razonable para el traslado de animales domésticos, de acuerdo con las condiciones del mercado y del servicio ofrecido. Esta deberá informar de manera clara y precisa, según lo previsto por la Ley de Defensa del Consumidor.
Qué pasa con los perros guías
Se aclara que los perros guías o de asistencia de personas con discapacidad están exceptuados de lo dispuesto en esta resolución, ya que cuentan con un régimen específico que los contempla.