La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), presidida por el senador Walther Marcolini, otorgó despacho al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo que agiliza la recuperación de viviendas sociales adjudicadas por IPV ante situaciones de incumplimiento por parte de los beneficiarios.
Tras varias semanas de análisis, los integrantes de la comisión avanzaron con el tratamiento de la iniciativa, que ahora quedó en condiciones de ser debatida en el recinto durante la próxima sesión.
La iniciativa busca incorporar mecanismos más ágiles y acordes a los estándares constitucionales vigentes para restituir viviendas que ya cuentan con una desadjudicación firme. Las principales causas que pueden derivar en una desadjudicación son la mora en el pago de las cuotas y la ocupación irregular de la vivienda.
Despacho favorable para el proyecto que agiliza la recuperación de viviendas sociales del IPV
Respecto de este último punto, se aclaró que el alquiler de una unidad habitacional puede ser autorizado por el IPV cuando existan razones justificadas, tales como cambios laborales, cuestiones de salud, situaciones de seguridad o modificaciones en la composición del grupo familiar.
En cuanto a la mora, el procedimiento se inicia cuando el adjudicatario acumula tres cuotas impagas, ya sean consecutivas o alternadas. No obstante, desde el organismo remarcaron que antes de avanzar hacia una desadjudicación se implementan diversas instancias destinadas a regularizar la situación de las familias.
Entre las herramientas disponibles se encuentran la adecuación de las cuotas a los ingresos reales del grupo familiar, planes de pago, períodos de gracia, pagos a cuenta y mecanismos especiales para personas sin ingresos registrados. Además, se realizan notificaciones, llamados telefónicos, visitas sociales y otras acciones de acompañamiento orientadas a preservar la permanencia de las familias en sus viviendas.
Asimismo, indicaron que los procesos de desadjudicación no son inmediatos y que, considerando las distintas etapas administrativas y de regularización, pueden extenderse entre doce y quince meses.
La fundamentación del proyecto sostiene que el IPV es el organismo encargado de ejecutar la política habitacional de la provincia, basada en el principio de función social de la propiedad. En ese marco, las viviendas construidas o financiadas por el Estado deben destinarse efectivamente a satisfacer las necesidades habitacionales de sectores que no pueden acceder al mercado formal.
También se señala que el sistema de vivienda social se apoya en obligaciones recíprocas entre el Estado y los adjudicatarios. Mientras el primero facilita el acceso al hábitat, los beneficiarios asumen el compromiso de ocupar efectivamente las viviendas y cumplir con el pago de las cuotas. El incumplimiento de estas condiciones, advierte el texto, afecta la sostenibilidad del sistema y perjudica a las familias que aguardan una solución habitacional.
Despacho favorable para el proyecto que agiliza la recuperación de viviendas sociales del IPV
Para abordar esta problemática, la iniciativa propone modificaciones a la Ley Nº 4203 para habilitar al IPV a iniciar juicios de desalojo cuando exista una desadjudicación firme.
Además, incorpora cambios en la Ley Nº 9001 y en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario con el objetivo de agilizar los procedimientos de recupero de inmuebles y establecer la competencia de la Justicia de Paz Letrada para intervenir en estos trámites.
De esta manera, el proyecto apunta a fortalecer el sistema habitacional provincial, acelerar la recuperación de viviendas que no cumplen la función social para la que fueron destinadas y garantizar que los inmuebles financiados con recursos públicos puedan ser adjudicados a familias dispuestas a cumplir con las obligaciones establecidas.