La ley de Reforma Laboral, que se aprobó el 27 de febrero pasado, agrava aún más el desfinanciamiento del sistema previsional de la Argentina. La creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y las reducciones de las contribuciones patronales que hoy percibe la ANSES impactan de lleno en los fondos generados a través de los aportes.
También por la ampliación de los conceptos no remunerativos (sin contribuciones ni aportes) en los ingresos del trabajador. Entre otros puntos, el abogado Aníbal Paz señaló a Diario Clarín se distinguen los siguientes:
- Se amplían los rubros no remunerativos del salario, que no aportan a la Seguridad Social.
- Se amplían beneficios sociales que no son remuneraciones y que no corresponden “el pago de aportes ni contribuciones a la seguridad social, ni la aplicación de contribuciones patronales o aportes del trabajador sobre los conceptos comprendidos en la presente disposición”, como los servicios de comedor, los reintegros de gastos médicos, odontológicos y farmacéuticos del trabajador y su grupo familiar, asumidos por el empleador, etc.,
- Promoción de Empleo Registrado (PER): condonación de deudas de contribuciones a la Seguridad Social Social por capital intereses y multas. “ La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al setenta por ciento (70%) del total de las sumas adeudadas. Se podrán establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresa”, dice la ley.
- Blanqueo: También se reconocen hasta 5 años para acceder a la jubilación a los trabajadores "blanqueados" sin el correspondiente ingreso de las cotizaciones no ingresadas. Pero los meses o años blanqueados no se consideran para el cálculo de la jubilación del trabajador.
- Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL): Reducción de alícuotas patronales por 48 meses para las nuevas relaciones laborales.
- Fondo de Asistencia Laboral (FAL): se conforma con una contribución mensual obligatoria del uno por ciento (1%) para las grandes empresas y dos coma cinco por ciento (2,5%) para las micro, pequeñas y medianas empresas, de las remuneraciones que se toman como base para el cálculo de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de cada trabajador.
Por otra parte, el abogado Luis Ramírez sostiene que el FAL tiene “dos objetivos, uno declarado y otro oculto”. El objetivo primordial del FAL consiste en simplificar los procesos de desvinculación laboral y la liquidación de las indemnizaciones correspondientes, costeándolas mediante el uso de capital proveniente del sistema de previsión social.
De manera simultánea, esta herramienta busca establecer una reserva de fondos destinada a asistir financieramente al Tesoro Nacional a través de la adquisición de títulos de deuda pública soberana.
Esta detracción de recursos del ámbito previsional profundizará inevitablemente la crisis que atraviesa el esquema jubilatorio actual. Ante este panorama, el Poder Ejecutivo ya tiene en fase de planificación una reestructuración del sistema de carácter sumamente severo.
Dicha reforma proyecta, entre sus ejes centrales, el incremento progresivo de la edad para jubilarse, la anulación de los regímenes especiales (poniendo particular énfasis en el sector de la docencia) y la aplicación de recortes sobre las pensiones derivadas por viudez.
Por otra parte, la reciente eliminación de la moratoria ya está provocando una reducción en el padrón de personas que acceden a los beneficios del sistema. A esta situación se le añade la problemática del refuerzo económico de hasta $70.000, el cual permanece estancado y sin ningún tipo de actualización por movilidad desde hace ya dos años.