Consumo

El Gobierno creó un régimen de importación para productos de Tierra del Fuego

Se lanzó un nuevo esquema de importación simplificada para productos fabricados en Tierra del Fuego. Apunta a fomentar el consumo interno de artículos industriales del área aduanera especial
miércoles, 21 de mayo de 2025 · 14:00

El Gobierno nacional creó un régimen de importación para productos producidos en Tierra del Fuego, con el fin de incentivar el consumo de bienes industriales originarios del Área Aduanera Especial.

La medida fue oficializada a través del Decreto 334/2025, publicado ayer en el Boletín Oficial. En los considerandos, la normativa explica que "resulta oportuno propiciar un mecanismo que tienda a la simplificación y desburocratización de las operaciones de exportación destinadas a las personas humanas que revistan la condición de consumidores finales, que residan en ese territorio".

El documento indica que el régimen abarca únicamente a las empresas que hubieran adherido a la prórroga dispuesta por e Decreto 727 del 22 de octubre de 2011 y sus modificatorias (beneficios fiscales y aduaneros).

El nuevo régimen

En lo concreto, el decreto 334/2025 establece en el artículo 1°: Créase un régimen simplificado de importación de pequeños envíos de mercaderías originarias, producidas al amparo del Régimen Industrial creado por la Ley N° 19.640, por las empresas que hubieren adherido a la prórroga dispuesta por el Decreto N° 727 del 22 de octubre de 2021 y sus modificatorios, destinado a personas humanas radicadas en el Territorio Nacional Continental definido como tal en los términos de la referida norma legal, únicamente para su uso y consumo particular, quedando prohibida su comercialización.

La Secretaría de Industria y Comercio determinará las mercaderías que podrán comercializarse bajo este régimen de importación simplificada, las que deberán contar con la correspondiente acreditación de origen.

Además, se estableció que  los envíos amparados por el régimen no podrán superar, por destinatario, las tres unidades de la misma especie por año calendario, con hasta un límite de valor FOB equivalente a USD 3.000 por envío.

Además, las empresas promovidas interesadas en comercializar sus productos al por menor deberán habilitar, a estos efectos, un sistema de venta que permita el acceso a esa operatoria mediante la modalidad “online”.