El proyecto de reforma laboral impulsado por el presidente Javier Milei no se limita a incentivar la formalización del empleo, sino que introduce modificaciones estructurales en áreas históricamente sensibles, lo que ya la posiciona como una de las iniciativas más controversiales.
1. Derogación de estatutos especiales históricos
Uno de los puntos más polémicos es la eliminación de normativas específicas que regulaban derechos y condiciones laborales en ciertos sectores:
- Estatuto del Periodista (Ley 12.908): La derogación implica que los trabajadores de prensa dejarían de tener un marco legal propio (que contempla escalafón y categorías) para pasar a regirse por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
- Estatuto del Viajante de Comercio (Ley N°14.546): Su eliminación suprime la Indemnización por Clientela, un pago compensatorio acumulable a la indemnización por despido, reduciendo significativamente los costos de desvinculación para el empleador.
2. Restricciones a la actividad sindical y sanciones por bloqueos
El proyecto apunta a limitar el poder y la capacidad de acción de los sindicatos, estableciendo un nuevo régimen de faltas y sanciones:
- Sanciones a bloqueos: se tipifican como “infracciones muy graves” el bloqueo o toma de establecimientos, impedir el ingreso/egreso de personas y causar daños a la propiedad. Esto sienta las bases para aplicar sanciones económicas y legales a las entidades sindicales responsables.
- Asambleas con permiso: se establece que las asambleas dentro de los lugares de trabajo requerirán “autorización previa del empleador” (horario, duración y lugar), y que los trabajadores no devengarán salarios durante su realización, limitando la potestad gremial.
- Límite a la tutela sindical: la protección especial contra despidos (tutela) solo aplicará a delegados titulares, excluyendo a suplentes. Además, el crédito horario para delegados se limita a diez horas mensuales.
- Prácticas desleales sindicales: Se incorpora por primera vez este concepto, que sanciona conductas como la extorsión, la afiliación compulsiva y la interferencia en la actividad de la empresa, con penas que pueden llegar a la revocación de la personería gremial.
3. Creación de la figura de "Prestador Independiente" (Plataformas)
Para los trabajadores de aplicaciones de movilidad y reparto (como Rappi o Uber), se crea un régimen especial que pone fin a la controversia judicial sobre su vínculo laboral:
- Prestadores independientes: repartidores y choferes son definidos expresamente como "prestadores independientes" y no como empleados.
- Características de la independencia: se basa en la libertad de los trabajadores para conectarse/desconectarse, aceptar/rechazar pedidos y elegir horarios, desarticulando el argumento de la dependencia.
- Obligaciones y derechos: a cambio de la independencia, deben realizar aportes a la seguridad social (incluyendo obra social) e inscribirse como contribuyentes (ARCA/ex-AFIP). Tienen derecho a un seguro de accidentes y capacitación.
- Marco legal: las controversias se regirán por el Código Civil y Comercial, y no por el fuero laboral, lo que reduce la protección histórica de estos trabajadores.
4. Menor responsabilidad en la tercerización
El proyecto busca reducir la litigiosidad de las empresas que contratan servicios externos (tercerización):
- Eximición de responsabilidad solidaria: se modifica el artículo 30 de la LCT. El contratante principal quedará eximido de responsabilidad solidaria por las obligaciones laborales del contratista si cumple con la verificación básica de documentación (CUIL, pago de remuneraciones, seguridad social y cobertura de riesgos).
- Falsedad de información: se establece que si la información del contratista resulta falsa, no generará responsabilidad solidaria del principal, trasladando el riesgo al trabajador y debilitando su protección.
5. El "lado amigable": incentivos y alivios fiscales
El proyecto también incluye puntos destinados a fomentar la formalización y reducir costos:
- Fondo de cese laboral (FCL): aunque no es obligatorio para todos, es un punto que permite al empleador realizar un aporte mensual para cubrir futuras indemnizaciones, brindando seguridad jurídica a las PYMES y al trabajador.
- Incentivos fiscales: se crean regímenes (RIFL y PER) para reducir las contribuciones patronales por hasta 48 meses al formalizar nuevo empleo o regularizar situaciones no registradas.
El proyecto es visto por el Gobierno y los empresarios como una herramienta para generar empleo y desburocratizar el mercado, mientras que gremios y abogados laboralistas lo critican por ser una reforma regresiva que apunta a la precarización y a la criminalización de la protesta social.