Ocho puntos clave de la causa contra el ambientalista Soria
La causa volvió a tribunales provinciales porque la justicia federal consideró que el artículo 218 no está probado. Tampoco se han demostrado las amenazas denunciadas.
A principios de abril pasado, el caso de Federico Soria y Mauricio Cornejo capturó la atención pública en Mendoza, al ser acusados de pertenecer a una "agrupación que intenta imponer sus ideas por medio de la violencia o el terror". La imputación surgió luego de una denuncia realizada en enero de 2025, durante la inauguración de la Cámara de Proveedores Mineros de Uspallata, donde se registraron enfrentamientos entre miembros de la UOCRA e integrantes de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata.
El defensor oficial Alfredo Guevara denunció lo que calificó como "declaraciones falsas y adulteración de declaraciones por parte de la fiscalía". Guevara sostuvo que la causa constituía una "persecución arbitraria e ilegal a miembros de la Asamblea", argumentando que se había demostrado que los acusados no habían participado en ningún hecho de violencia.
El proceso judicial tomó un giro inesperado cuando, días después de la detención de Soria, la jueza Claudia Tula se declaró incompetente en el caso. Esta decisión llevó a la liberación de Soria y trasladó la causa a manos de la Justicia Federal, sugiriendo que los hechos podrían encuadrarse en delitos de mayor complejidad o con implicaciones interjurisdiccionales. Sin embargo, semanas más tarde, en un nuevo y sorprendente giro, la misma jueza Tula revirtió su decisión y declaró nuevamente la competencia de la justicia provincial.
Esta ida y vuelta en la jurisdicción, sumada a las acusaciones de la defensa sobre irregularidades en la investigación, ha mantenido el caso en el centro del debate, generando interrogantes sobre la naturaleza de los enfrentamientos en Uspallata y la validez de las imputaciones por "violencia o terror" contra los miembros de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados.
Los puntos centrales del caso
1) La jueza provincial Claudia Tula se declaró incompetente en la causa contra Federico Soria y Mauricio Cornejo, aduciendo que la imputación del 213 bis lo tiene que resolver la justicia federal.
2) El juez federal Carelli se declaró incompetente, aduciendo que resulta controvertible la imputación del 213 bis, ya que se trata de una hipótesis conjetural que no se encuentra suficientemente acreditada.
3) El juez federal remitió el expediente a la CSJN, sin embargo a los pocos días, la jueza Claudia Tula, mediante un artilugio legal retomó la causa sin que se la hayan remitido.
4) La jueza remitió la causa al fiscal Juan Manuel Sánchez, y este comenzó con testimoniales de testigos del denunciante. Ninguna de las 7 declaraciones tomadas hasta ahora sitúa a los imputados, ni amenazando a Vera ni provocando desmanes.
5) Paralelamente, las defensas de Mauricio Cornejo y Federico Soria solicitaron la nulidad de lo determinado por la jueza, de retomar la causa sin esperar el dictamen de la CSJN. La jueza lo rechazó en 1a instancia. La defensa de Mauricio Cornejo apeló y fue rechazada en 2a instancia.
6) Mientras tanto, la defensa de Soria ha solicitado la acumulación de esta causa con la denuncia de Flavio González por lesiones graves provocadas por la patota de la Uocra, ya que de esa manera se les cae la hipótesis de que los ambientalistas son violentos. El fiscal lo denegó en 3 oportunidades.
7) Con posterioridad, la defensa de Soria planteó la nulidad de la causa, porque a jueza Tula, para retomar la causa, se remite al fallo del juez federal que se declara incompetente, y según éste, el 213 bis no se encuentra suficientemente probado. Además, las supuestas amenazas denunciadas por Vera no se encuentran acreditadas ni con los 100 videos presentados por la querella, ni por ninguna de más de 20 declaraciones de testigos, además de haber incurrido en contradicciones en las 4 declaraciones que el denunciante brindó. El fiscal no ha respondido aún.
8) Además, el fiscal nunca terminó con la indagatoria de Soria, interrumpida antes de la audiencia de control jurisdiccional, el 3 de abril, a pesar de que fue reclamada por la defensa, cuando la causa volvió a la provincia.