Mendoza endurece su postura contra padres que no quieran vacunar a sus hijos

El Ministerio de Salud establece un nuevo procedimiento para denunciar a padres, tutores o encargados que se nieguen a vacunar a los menores a su cargo.

SOCIEDAD

En un esfuerzo por fortalecer el cumplimiento del Calendario Nacional de Vacunación, el Ministerio de Salud de Mendoza ha publicado una resolución que establece un procedimiento formal de denuncia para los casos en que los padres, tutores o responsables de menores y personas incapaces se nieguen a aplicar las vacunas obligatorias.

La medida se fundamenta en la Ley N° 27.941, que define la vacunación como una estrategia de salud pública esencial y obligatoria para todos los habitantes del país. El documento señala que, aunque la negativa a vacunar es una tendencia minoritaria, resulta "preocupante" y justifica la necesidad de una acción más contundente.

El nuevo protocolo de acción

El nuevo procedimiento contempla dos escenarios principales:

Negativa en establecimientos escolares: si un responsable se niega por escrito a vacunar a un menor durante una campaña escolar, se le otorgará un plazo de treinta días corridos para cumplir con la obligación.

El encargado de inmunizaciones de cada Área Sanitaria deberá verificar el cumplimiento a través del Sistema Provincial de Inmunizaciones (SPI). Si el responsable no cumple, el funcionario de salud deberá notificar al Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) correspondiente y, simultáneamente, presentar una denuncia ante la autoridad policial, municipal o judicial con competencia contravencional.

Negativa en otros ámbitos: en los casos de negativa fuera de las escuelas, como en centros de salud, se aplicará un protocolo similar. Los funcionarios de salud deberán documentar la negativa por escrito y proceder a la notificación del ETI y a la denuncia ante las autoridades. La omisión en la aplicación de una sola vacuna será considerada un incumplimiento legal.

Sanciones y seguimiento

La resolución enfatiza que la negativa a vacunar no solo pone en riesgo al menor y a su comunidad, sino que también puede acarrear sanciones contravencionales, según lo dispuesto en la Ley N° 9099.

Para garantizar el seguimiento del proceso, la Dirección de Epidemiología, Calidad y Control de Gestión registrará las denuncias y elaborará estadísticas.

Mensualmente, informará a la Dirección General de Asuntos Jurídicos sobre el avance y los resultados de las denuncias para detectar posibles reincidencias en la conducta. 

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