La Secretaría Penal de la Corte rechazó apelaciones de CFK
El informe analiza los nueve recursos presentados por la ex presidente, las quejas centrales y las supuestas arbitrariedades denunciadas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación está a las puertas de una decisión fundamental en el caso Vialidad, la causa que tiene a Cristina Kirchner sentenciada a seis años de prisión. Poco antes de las 10 de la mañana, la Secretaría Penal del máximo tribunal, conducida por Diego Seitún, entregó a los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti un informe detallado sobre el expediente. Este documento no solo analiza las quejas presentadas por las defensas, sino que también sugiere un posicionamiento claro: que la Corte rechace todas las apelaciones, informó Clarín.
Desde el 13 de febrero, la Corte ha recibido nueve recursos de queja de las defensas, cuyo único propósito es anular el criterio de la Cámara Federal de Casación Penal. Esta Cámara, en noviembre pasado, confirmó la sentencia condenatoria dictada en diciembre de 2022 por el TOF 2 contra Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y otros ex funcionarios por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. A estos planteos se suma la insistencia del Ministerio Público Fiscal, representado por Mario Villar y respaldado por el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal. Ambos requieren una condena de doce años de prisión para la ex vicepresidenta, al considerar que también debe ser responsabilizada por el delito de asociación ilícita en carácter de jefa.
Los ministros Rosatti, Rosenkrantt y Lorenzetti, con el expediente ya consolidado y habiendo rechazado la semana pasada la recusación pedida por el abogado de Cristina Kirchner contra Lorenzetti, comenzaron el estudio de los planteos mientras esperaban el informe de la Secretaría Penal. Este informe, que llegó esta mañana, detalla los nueve recursos, las quejas centrales y las supuestas arbitrariedades denunciadas por las defensas. Junto con este análisis, los informes también contienen una sugerencia sobre cómo deberían resolverse las quejas, información que se mantiene bajo estricta reserva de los ministros.
Todo esto allana el camino hacia la resolución del caso. Sin otros planteos interpuestos, los ministros están ahora dedicados al estudio del expediente, que se circunscribe a decidir si abren las quejas o no. Es crucial recordar que la Corte es la última instancia de revisión y en casos como este se ocupa de velar por el debido proceso y garantizar que no haya habido violaciones a las garantías constitucionales. El máximo tribunal no es quien condena; Cristina Kirchner ya fue condenada por un tribunal de juicio y esa sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación federal, informó Clarín.
Con el informe ingresado este lunes por la mañana, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti continúan, ahora con más información, con el análisis para determinar si corresponde abrir las quejas o rechazarlas a través del Artículo 280, el mismo criterio aplicado, por ejemplo, en la Ruta del Dinero K, el caso Ciccone o la tragedia de Once.
La condena que Cristina Kirchner busca anular
Cuando la Cámara de Casación confirmó la sentencia condenatoria del Tribunal Oral Federal 2 en diciembre de 2022, se refirió al delito de defraudación en perjuicio de la administración pública como un “delito federal de corrupción”. Al analizar el funcionamiento de esa estructura que se valió del Estado para “fines personales”, se indicó que Cristina Kirchner “transgredió los deberes extrapenales”, perjudicando los “intereses que le habían sido confiados como representante máxima del Estado Nacional”.
Diferentes decretos firmados, como los cambios normativos en la modalidad de pago que garantizaron que Lázaro Báez adquiriera 51 contratos viales, exponen —según el fallo que quedó firme— “el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Kirchner en el hecho juzgado”. Las pruebas “permiten acreditar la responsabilidad penal de Cristina Fernández de Kirchner en el delito”, según la sentencia condenatoria.
Los hechos juzgados refieren a la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015. En ese marco, “tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”. Se comprobó que durante ese período las obras viales licitadas en Santa Cruz “fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”, informó Clarín.
De hecho, la Casación sumó otro concepto en la confirmación de la sentencia, que apunta directamente a Cristina Kirchner: "resulta penoso confirmar una condena por haberse probado de manera tan contundente un hecho defraudatorio de las dimensiones del que fue objeto este proceso cuando los responsables penales resultan ser funcionarios de tan alta jerarquía hasta quien fue la autoridad máxima del poder ejecutivo".
El listado de irregularidades es aún más amplio: los condenados "omitieron controlar suficientemente lo actuado por las contratistas como así también supervisar mínimamente la marcha de la construcción de las obras; y, además, han tratado en forma preferencial a las sociedades del grupo proveyéndolas de canales exclusivos y privilegiados de adelantos financieros permanentes y de pagos anticipados de certificados de obra". Todos estos hechos exponen "la existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado pertenecientes al mencionado grupo empresarial".
Los lazos entre Cristina Kirchner y Lázaro Báez "fueron determinantes para la concreción de una defraudación en la que predominó una ficta legalidad para instrumentar procesos y decisiones administrativas que buscaron asegurar y disimular un beneficio ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas en este proceso (Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Antonio Báez)". Una vez más, se escribió que esos lazos promiscuos entre la ex presidenta y Báez, tuvieron como fin "procurar un lucro indebido, perjudicaron los intereses confiados y obligaron abusivamente al Estado Nacional".