La respuesta de la CGT al DNU que limita las huelgas
Desde el Gobierno aseguraron que el diálogo con la CGT se mantiene y que los jefes de la central estaban al tanto de la medida.
La CGT rechazó este miércoles el reciente DNU del Gobierno de Javier Milei que limita el derecho a la huelga y anticipó que podría judicializar la medida, al advertir que "no permanecerá en silencio" ante esa resolución.
"La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender", sostuvo la central en un comunicado.
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Y agregó que "el movimiento obrero organizado dará las batallas que tenga que dar, sean en los yribunales, en la calle o en los puestos de trabajo, para garantizar este y otros derechos amenazados por el Gobierno".
Para la central obrera, el DNU "intenta borrar el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo". "En la práctica, esta decisión equivale a cercenar el derecho constitucional a huelga de millones de trabajadores y trabajadoras", insistió la CGT.
El Gobierno limitó hoy el derecho a huelga a través del DNU 340/2025, al ampliar las actividades consideradas esenciales, que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical.
Desde el Gobierno hicieron trascender además ante periodistas acreditados en Casa Rosada que el diálogo con la CGT se mantiene y que los jefes de la central estaban al tanto de la medida y "no se enteraron hoy".
Un DNU que limita el derecho a huelga
Por medio del DNU 340/2025 el gobierno de Javier Milei limitó el derecho a huelga, debido a que amplió las actividades consideradas esenciales. Se trata de las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical.
"Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos", afirmó artículo 3 de la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial.
Y agregó que "en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare".
Mientras que "en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%".