Elecciones municipales: se bajó una candidata y hay dos en el limbo
La Junta Electoral Provincial oficializó las listas a concejales en Maipú, San Rafael, Rivadavia, Luján, Santa Rosa y La Paz. En Santa Rosa y Luján hay dos candidaturas que no están oficializadas porque la Corte debe resolver si pueden presentarse. En La Paz se bajó una candidata en esa situación.
Una situación particular se dio en la oficialización de listas por parte de la Junta Electoral Provincial. Desde el organismo informaron que han quedado oficializadas las listas de concejales en los seis departamentos que votarán el 22 de febrero. Sin embargo, aclaran que hay dos candidatas que no están oficializadas porque están aguardando que la Suprema Corte determine si pueden ir por una nueva reelección. En realidad, eran tres las candidatas en esa situación pero una de ellas, Romina Barrera de La Paz, decidió bajarse y su lugar será ocupado por Caren Martínez Blanco.
En definitiva, las candidatas Déborah Quiroga de Santa Rosa y Paloma Scalco de Luján de Cuyo han quedado en un "limbo" a la espera de resoluciones de la Suprema Corte respecto a planteos formulados sobre sus re-reelecciones.
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El máximo tribunal debe expedirse a la brevedad y ha habilitado la feria judicial para tratar el tema. La Junta Electoral Provincial anticipó que el 3 de febrero volverán a reunirse para definir la situación de Scalco y Quiroga, por lo que antes de ese encuentro debería conocerse el fallo de la Corte.
Un antecedente cercano en el tiempo inclina la balanza hacia una sentencia favorable para las candidatas a la reelección. En octubre del año pasado Martín González fue reelecto para un tercer periodo como concejal en Godoy Cruz. González también había presentado una acción de inconstitucionalidad con los mismos argumentos que Quiroga, Barrera y la lujanina Paloma Scalco.
Específicamente, esgrimía que "la Ley 9.573 limita la reelección de Concejales a un sólo período y establece que una vez reelegidos pueden volver a postularse pero dejando pasar un intervalo de un período, la cual fue sancionada, promulgada y publicada en septiembre del 2024. Que, sin embargo su texto no establece con certeza cómo se deben considerar o contar los mandatos en curso, anteriores y posteriores a la reforma".
En un fallo dividido, el pleno de la Corte resolvió a favor del planteo ya que cuatro jueces del máximo tribunal votaron que la ley no podía tener efecto retroactivo. José Valerio, Mario Adaro, Julio Gómez y Omar Palermo entendieron que remarcaron que González fue electo en el 2018 y cumplió íntegramente su primer mandato, bajo la vigencia del régimen fijado por el art. 44 de la Ley n.º 1.079 (texto según la Ley n.º 6.167).