Denuncian persecuciones judiciales por parte del Gobierno contra ambientalistas y sindicalistas

La imputación de un asambleísta por “imponer sus ideas por la fuerza o el temor” abre nuevamente el debate acerca de la firmeza con la que se abordan las protestas sociales por parte de la Justicia.

Importante actividad policial durante una manifestación antiminera en la Legislatura.
SOCIEDAD

Cornejo estuvo detenido 19 días en una celda común y, según denunció su familia y abogados, durante ese periodo tuvo cuidados mínimos a pesar de su mal estado de salud. Claramente, no se trata del gobernador de Mendoza sino de Mauricio, un comerciante de Uspallata y miembro de las asambleas por el agua,  que fue imputado por formar parte de una agrupación que “impone sus ideas por la fuerza o el temor”. 

Esta calificación está tipificada en el artículo 213 bis del Código Procesal Penal y su aplicación en este tipo de casos despertó no sólo suspicacias sino que también abrió una importante polémica que ahora la dirimirá la Corte Suprema de Justicia después de algunas idas y vueltas entre los tribunales provinciales y federales.

La gravosidad de la tipificación, que tiene una condena mínima de 3 años, es uno de los argumentos que esgrimen las organizaciones para denunciar el accionar de la Justicia. Esto es porque la mayoría de las personas que han tenido que enfrentar causas por participar de manifestaciones o protestas han sido imputadas con agravantes que endurecen las penas. Además, la lupa está puesta en el accionar de la fiscalía. 

Un nuevo capítulo en una vieja disputa

Cornejo no fue el único apuntado por las autoridades, el pasado 24 de enero durante la inauguración de la nueva Cámara de Proveedores Mineros se desarrollaron enfrentamientos entre los manifestantes y miembros de la UOCRA. Miguel Pablo González y Miguel Daniel Correa fueron detenidos ese mismo día. 

El primero de ellos fue condenado a tres años en suspenso luego de aceptar su responsabilidad en un juicio abreviado. Desde las organizaciones aseguran que González no formaba parte de la protesta e, incluso, se pudo saber que su hija preside la Juventud Radical de Las Heras. Este fue otro dato denunciado por las organizaciones, desde donde mantienen que los disturbios estuvieron “armados”. 

En tanto, el segundo debió pagar una fianza de $500 mil ya que también rige sobre él una imputación por lesiones leves, pero no tiene antecedentes previos por lo que quedó en libertad. 

Finalmente, Federico Soria es otro de los involucrados, quien se mantuvo en calidad de “prófugo” hasta el 31 de marzo que se presentó en el Polo Judicial durante una audiencia en la que se iba a definir la prisión preventiva de Cornejo. En esa oportunidad, se desarrolló un episodio polémico y es que, durante un cuarto intermedio en el que la defensa pidió que Soria se mantuviera en libertad, el fiscal Juan Manuel Sánchez se anticipó y pidió a las fuerzas del orden que hicieran efectiva la detención del hombre.

Devenires de una causa polémica

Días más tarde, el 3 de abril, la jueza de Garantías, Claudia Tula, determinó que Cornejo y Soria fueran liberados, pero se les aplicó una restricción perimetral y una fianza de 5 millones de pesos. En ese momento, la magistrada se declaró incompetente en esta causa y decidió remitir el expediente a la Justicia Federal. 

Allí inició un extenso y extraño devenir que sigue sumando capítulos. Primero, la fiscal federal, María Cecilia Elmelaj, consideró que la causa no debe tramitarse en el fuero penal y pidió la intervención del juez de Garantías Federal Alberto Daniel Carelli, quien apoyó su postura y rechazó la competencia federal al considerar que se trata de un conflicto entre particulares y pidió que la Corte tenga la palabra final. 

Carelli también señaló: “Entiendo que la hipótesis de estar frente a una organización permanente o transitoria cuyo objetivo, principal o accesorio, sea imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o temor es meramente conjetural y no se encuentra acreditada de forma suficiente".

Lo último que ocurrió en esta causa, hasta el momento, fue la “reconsideración” por parte de la jueza Tula respecto a la decisión de remitir el expediente al fuero federal. 

El 25 de abril, la magistrada notificó a las partes que la causa debe continuar siendo investigada por la Fiscalía Especializada en Delitos contra el Medio Ambiente, Delitos contra los Animales y Delitos no Especializados.

Este reciente episodio es tomado por algunos sectores como un nuevo antecedente que responde a un “modus operandi”. Marcelo Romano, parte del equipo legal de Cornejo, apuntó contra el Ministerio Público Fiscal y el Gobierno de Mendoza, además calificó al hombre como un “preso político”. “Lo tuvieron casi un mes con lesiones graves en la clavículas y el pie derecho en una celda común y sin los cuidados que se requerían. Nunca hay que olvidar lo que le están haciendo a los asambleístas y ambientalistas para imponer la megaminería a cielo abierto en la cabeza de la cuenca del río Mendoza”, denunció.

Además calificó el accionar de los fiscales como “parte de la maquinaria judicial que ha puesto el gobierno provincial a favor de las mineras”. 

Ambientalistas frente a la Justicia

Durante las masivas manifestaciones de diciembre del 2019 que se realizaron en el centro mendocino, 16 personas resultaron detenidas. Esto ocurrió pasado el mediodía y luego de que se produjera una populosa concentración en Casa de Gobierno. Los videos de policías de la Motorizada recorriendo Peltier y calles aledañas llegaron incluso a la prensa internacional. Pocas horas más tarde, se decidió la liberación de todos los detenidos. 

En tanto, durante ese agitado fin de año, Nora Moyano, miembro de la Asamblea por el Agua de Las Heras, formó parte de otra de las marchas que se hicieron. En esta oportunidad fue en la Legislatura  cuando oficialismo y oposición llegaron a un acuerdo para derogar Ley 7.722. Los asambleístas se apostaron sobre Peatonal y esto obligó a que los legisladores debieran salir por la puerta de calle Patricias Mendocinas tras la votación. Luego de esta acción, la Justicia decidió imputar Moyano por privación ilegítima de la libertad.

El fiscal Juan Tichelli llevó la causa ante la jueza Patricia Alonso Valot y, si bien en este caso no hubo detención, la Justicia se mostró con poco interés de agilizar el proceso. Es que, en dos oportunidades se suspendieron las audiencias en las que se tenía que definir un pedido de sobreseimiento. Recién en agosto del 2023, Valot atendió esta situación y rechazó el requerimiento. 

El exlegislador Romano también tuvo su paso por Tribunales y calificó  su procesamiento y condena como parte del proceder del Poder Judicial “en contra de los ambientalistas”. 

El último de los episodios que suma a esta polémica se dio durante la presentación del documental “Historia del agua de Mendoza” que reúne material sobre las manifestaciones que se dieron en el 2019. El documental se iba a presentar en un ciclo de cine que se realizaba en el club Gimnasia y Esgrima, pero poco tiempo antes de la función los organizadores señalaron que se trataba de un material “politizado” y no se iba a exponer. 

Tras esto, se decidió trasladar la película al predio de radio La Mosquitera, epicentro de otro conflicto. Es que, según relató Bernardo Blanco, director del film, cuando ya había iniciado la filmación, la Policía se presentó en el lugar alegando que allí se desarrollaba una manifestación. 

Siguiendo con la narración de Blanco, los asistentes se negaron al ingreso de los efectivos ya que no contaban con orden judicial. Minutos más tarde, los uniformados volvieron, en esta oportunidad, indicaron que se había producido un robo y que tenían que verificar que la persona sospechada no se encontraba allí. 

Algunos números

Alfredo Guevara, abogado y referente de los movimientos de Derechos Humanos, realizó un trabajo en el que recopiló estos datos desde diciembre de 2015 a agosto de 2022. Durante este periodo 274 personas fueron imputadas en el marco de protestas sociales en Mendoza. “Viendo las causas que estoy defendiendo, tengo 32 imputados más de 2022 al 2024. Eso totaliza al menos 306 casos de criminalización. Se advierte que durante la pandemia bajaron las manifestaciones por la emergencia sanitaria. La criminalización se orienta hacia los sectores gremiales, socio ambientales, organizaciones sociales y políticas opositoras al gobierno provincial”, detalló. 

Con este trabajo, Guevara apunta a realizar una presentación sobre el tema ante los organismos de derechos humanos.

A estas cifras se le deben sumar los casos de los  dos asambleístas imputados: “Lo que totaliza, según mis registros, 308 imputaciones”. El letrado señaló que estos números son propensos a sufrir modificaciones: “Seguramente se debe ampliar con otros casos de criminalización que incluiremos en el informe”.

También agregó que solo una persona fue condenada, se trata del referente del Partido Obrero Martin Rodríguez que se sometió a un juicio abreviado. Sobre este caso indicó que “si firmaba, estaba con prisión preventiva por reiterancia” y añadió: “Se trata de derecho penal simbólico de control social”.

El polémico artículo 213 bis

El abogado constitucionalista Pablo Teixidor se mostró a favor de este tipo de normas ya que buscan proteger la paz social y el orden público y explicó que “el espíritu es que nadie pueda imponer ideas mediante la fuerza o imponerse a través de la violencia”. Sin embargo, hizo una salvedad sobre su aplicación:  “Es un delito grave y tiene una pena muy grave. Tal vez, la escala penal podría ser  diferente o podría ser más amplia para valorar distintos tipos de acciones y no poner en el mismo lugar una protesta social y una actividad cuasi terrorista”. 

Según el letrado, la Justicia puede utilizar esta figura -que existe hace más de 10 años-  ya que no existe un conflicto de constitucionalidad y no implica una vulneración al derecho de protesta o libre expresión. Pero, en casos específicos, se puede recurrir: “El artículo existe y cada persona tiene la posibilidad de defenderse de esa imputación. Es la defensa  la que tiene que demostrar la inaplicabilidad de ese artículo en un caso concreto. También se puede reclamar por la inconstitucionalidad de este artículo si se entiende que vulnera alguna prerrogativa respecto al derecho de la defensa o con la lesividad del acto que es extremadamente grave”. 

“No se puede permitir ni  festejar la violencia”, subrayó Teixidor a la hora de defender la intervención judicial en casos de vandalismo o amenazas: “El artículo está bien. No se puede recurrir a la violencia cuando algo no me gusta. Debemos concientizar a la población con que la protesta social tiene un límite”. 

Sindicalistas y movimientos de izquierda también bajo la lupa

Nombres como Gustavo Correa, Roberto Macho, Raquel Blas, Adriana Iranzo y Martín Rodríguez son algunos de los que conforman una extensa lista de sindicalistas y referentes políticos que han sido imputados o condenados por diferentes hechos. 

Guevara reiteró que las imputaciones a dirigentes gremiales o políticos responden al mismo accionar que se aplica a los militantes ambientales. “El gobernador se encargó de monopolizar la Justicia y todos los órganos de control”, expuso y sumó que muchas de las causas no prosperan.

“Es una clara persecución para aleccionar a quienes se animen a confrontar con el Gobierno. Después, durante el proceso, la mayoría de las imputaciones no tiene asidero legal y se caen”, agregó. Sin embargo, varios de los procesos sí culminaron en condenas. Es el caso del militante del FIT, Martín Rodríguez quien recibió dos años y 8 meses de prisión en suspenso luego de participar de una protesta en contra de la Ley Ómnibus y aceptar un juicio abreviado. Durante esa jornada, también fue detenido el dirigente de izquierda Víctor Da Vila. Tras la condena, para que la pena quede en suspenso, Rodríguez no debe participar de otras manifestaciones.

Lo mismo ocurrió con la histórica gremialista Raquel Blas, que ha tenido que enfrentar en múltiples oportunidades a la Justicia y que también fue imputada durante la manifestación contra la Ley Ómnibus.

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