Súper RIGI:los incentivos fiscales y cambiarios con los que el Gobierno busca traer inversores
El proyecto que ingresó al Congreso diseña un régimen de máxima protección jurídica por 30 años y reduce la presión tributaria a niveles inéditos para corporaciones extranjeras que ejecuten proyectos de punta.
El andamiaje legislativo con el que el Poder Ejecutivo pretende inaugurar una nueva era de radicación de grandes capitales ingresó formalmente a la Cámara de Diputados bajo el nombre de "Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias". La iniciativa, diseñada para convivir en paralelo con el régimen de promoción ya vigente, introduce un agresivo paquete de exenciones impositivas, cambiarias y aduaneras estructurado bajo la figura de "Vehículos de Proyecto Único". El objetivo central del Palacio de Hacienda es ofrecer condiciones de rentabilidad y seguridad jurídica excepcionales que logren desviar flujos globales de financiamiento hacia la Argentina, especialmente en sectores de alta complejidad tecnológica y productiva que hoy carecen de despliegue en el territorio nacional.
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En el plano estrictamente tributario, el proyecto del "Súper RIGI" reduce la alícuota del Impuesto a las Ganancias al 15 por ciento, una quita drástica frente a la escala general del 35 por ciento que rige para las sociedades comerciales convencionales. Asimismo, el esquema prevé un beneficio acelerado para el cómputo de quebrantos y una reducción progresiva del impuesto sobre los dividendos distribuidos, la cual se fijará en el 7 por ciento durante los primeros tres años y descenderá al 3,5 por ciento a partir del cuarto año de vigencia de la inversión. A este beneficio se suma la devolución automatizada del Impuesto al Valor Agregado mediante la emisión de Certificados de Crédito Fiscal utilizables para la cancelación de otros gravámenes nacionales, neutralizando el costo financiero del impuesto durante la etapa de construcción y equipamiento de las plantas.
La flexibilidad cambiaria y la inmunidad aduanera representan las vigas maestras del proyecto oficial para garantizar el flujo de insumos y la repatriación de utilidades. Las compañías adheridas contarán con arancel cero para la importación de bienes de capital, repuestos y componentes, al tiempo que quedarán totalmente exentas del pago de derechos de exportación una vez transcurridos tres años desde su incorporación al sistema. Respecto al acceso al Mercado Único y Libre de Cambios, el Banco Central resignará de forma gradual su potestad de obligar a la liquidación de divisas: las corporaciones podrán retener fuera del país el 20 por ciento de los dólares generados por sus exportaciones durante el primer año, el 40 por ciento en el segundo y gozarán del 100 por ciento de libre disponibilidad a partir del tercer año, blindando la operación contra eventuales restricciones de balanza de pagos o la reimplantación de controles cambiarios directos.