"Se violó la legítima y lo determinaron tres peritos"
Según explicaron los abogados que representan a Cristina Zuccardi explicaron que la legítima se refiere a la porción de la herencia que la ley reserva obligatoriamente para los herederos forzosos.
María Cristina Zuccardi es hermana de José Zuccardi y Emma Zuccardi. Hace años inició un juicio contra su hermano entendiendo que fue perjudicada en el reparto de bienes familiares. La Suprema Corte de Mendoza falló a su favor determinando que José Zuccardi debe cederle patrimonio por 12 millones de dólares más intereses. La cifra, según algunos calculan, llegaría a los 25 millones de dólares. "Nuestro argumento principal es la violación de la legítima de María Cristina Zuccardi. Hay una porción legítima de la sucesión de la que los padres no pueden disponer. Lo que nosotros pretendemos es que se demuestre que la legítima (porción de la herencia que la ley reserva obligatoriamente para los herederos forzosos) fue violada. Tres peritos oficiales determinaron que eso efectivamente ocurrió", afirmaron desde el estudio jurídico que la representa.
El fallo de la Suprema Corte de Mendoza ha sido cuestionado por José Zuccardi, quien presentó un recurso en queja ante la Corte Suprema de la Nación para que se revise la sentencia y se dicte una medida de no innovar. Para los representantes legales de Cristina Zuccardi, ese recurso no debe ser atendido.
El fallo es controvertido y tiene varios puntos son blanco de críticas. Por ejemplo, a diferencia del tribunal de primera instancia y la cámara revisora, la Suprema Corte de Mendoza decidió que el patrimonio debía determinarse tomando la fecha de muerte del causante. Es decir, desde la muerte de José Zuccardi padre. "Otra discusión es en qué momento hay que determinar el monto de la legítima. Para la defensa de José Zuccardi el momento es cuando se hicieron las donaciones. Para nosotros, la fecha que debe tenerse en cuenta es la de la muerte del padre de ambos", esgrimió uno de los abogados de Cristina Zuccardi. El nuevo Código Civil deja claro que la fecha a tener en cuenta es la de la donación, pero el Código Civil anterior, que estaba vigente al inicio del litigio, establecía que debía remitirse a la fecha de muerte del causante.
"Por otra parte, nosotros pretendemos que la legítima se determine al valor real del mercado mientras que la otra parte pretendía que se establezca a valor libro, es decir en base a los balances. Para nosotros esa es una discusión sin sentido porque la jurisprudencia marca que debe determinarse a valor de mercado", aseveraron desde el estudio jurídico que representa a Cristina Zuccardi.
"La Corte de Mendoza dijo que debe determinarse a valor real a la fecha de la muerte del causante. A raíz de ello, los abogados de José Zuccardi presentaron un recurso en queja para que la Corte nacional revise si corresponde aceptar un recurso extraordinario federal por este tema", explicaron y señalaron que "desde el momento de la sentencia, José Alberto Zuccardi se empezó a desapoderar de sus bienes por lo que si inició una denuncia penal". La semana pasada José Zuccardi fue imputado a raíz de esa denuncia.
La sentencia de la Corte mendocina contrasta con lo que habían fallado los juzgados de primera y segunda instancia, que determinaban que el patrimonio se debía valuar a la fecha de las donaciones con el valor del balance. Eso ratificó la Cámara, pero nosotros cuestionamos que las fincas no cuestan lo que dice el balance.
"Los códigos los sanciona el legislativo, lo que tienen que hacer los tribunales es aplicar la ley vigente y en este caso establecía que la fecha a tener en cuenta era la de la muerte del causante", criticó el abogado de Cristina Zuccardi y firmó que la sentencia de la Corte vino a remediar esa situación.
Por último, desde el estudio jurídico le restaron importancia a la cuestión de la "perspectiva de género" que incluye el fallo argumentado por la jueza Teresa Day y explican que se trató de una "medida probatoria". "En lo que respecta a la perspectiva de género, permitió amplitud probatoria pero sea hombre o mujer igual está violada la legítima. La perspectiva es una construcción que permite, al ser perjudicada la mujer, entender por qué fue así. Es una cuestión de prueba pero el fondo de la discusión es por la legítima", señalaron.
Por último, el abogado agregó que así como se presentó una acción judicial por el reparto de los bienes del padre de los Zuccardi, lo mismo hicieron en marzo de este año respecto a los bienes heredados de la madre, Emma Cartellone. El monto es menor porque el nuevo Código Civil determina que debe tomarse la fecha de la donación mientras que el código anterior establecía que era la fecha de muerte del causante.