Qué pasó con el club Jorge Newbery, una reflexión para el oficialismo
El estado actual del predio donado demuestra el error legislativo, y de todos los funcionarios que lo avalaron, al dar por cumplido los cargos de la donación. "La reflexión al oficialismo y sus socios, no sean mayorías automáticas, cuiden la razonabilidad de las normas", afirma el autor.
En diciembre del 2020, aprovechando sus mayorías, el oficialismo aprobó la ley 9286, por la que se le daba por cumplido al club Jorge Newbery los cargos de la donación de un terreno que se le hiciera por ley.2206, lo que significó la propiedad plena para ese club.
Hace poco pasé por frente al club Jorge Newbery por calle Boulogne Sur Mer, la sensación de abandono es impactante. Vean las fotos.
Desde el PD Mechi Llano con otro legislador, Marcelo Romano, se opusieron invocando la irrazonabilidad de la ley 9286 , esta postura estaba basada, en definitiva, en el mandato sagrado del art 39 de la ley 9003, para todos los funcionarios – incluidos legisladores – las decisiones que se tomen deben tener proporcionalidad con los antecedentes de hecho y de derecho existentes, en concreto deben ser RAZONABLES.
No quiero ser extenso pero la historia de este club - con intervenciones estatales-, solo demostraba la incapacidad dirigencial que había tenido en el debido manejo para el progreso del club, en el pasado y al momento del dictado de la ley 9286, por lo que no ofrecían una garantía para confiar en ellos, sobre el correcto destino que debía tener el inmueble.
Cinco años después de que por ley se los liberara de los cargos, continúa el desastre dirigencial, no hay otra explicación ante el deplorable estado del club. Evidentemente las sospechas de que por su incapacidad no podrían generar crecimiento, sin el aporte de terceros interesados o del mismo estado, se confirmó, esa ayuda no llego y todo sigue igual.
Estos eran los hechos sobre la inoperancia dirigencial, si a su vez analizamos el derecho en que se fundo el oficialismo aumentan el atropello a la norma de la razonabilidad, art 39 ley 9003- llegaron a sostener, en los fundamentos de la ley alegremente , que de ultima los cargos estaban prescriptos, sin un análisis profundo de cuándo y cómo se logra una prescripción de esos cargos, sin acompañar doctrina y jurisprudencia que avalara esa postura. Desconociendo que la única forma de operar la prescripción en con intervención judicial.
Uno de los cargos era el destino social y deportivo del club, un cargo de naturaleza permanente, que, si no se cumplía, la provincia podía ejecutarlo pidiendo la devolución del inmueble.
Este cargo permanente, no prescribe tan fácilmente como se invocó en los fundamentos.
La única manera de lograr una prescripción, es que el donatario comunique fehacientemente al donante, que no va a cumplir con el cargo, a partir de esta notificación empieza a correr el plazo legal al donante para ejecutar el cargo, o que le estado como donante emplace al donatario a cumplir el cargo y este no cumpla, dejando pasar el estado, el plazo para la ejecución.
Es fundamental jurídicamente que haya un momento donde los plazos de la prescripción empiecen a correr, en ningún momento en los fundamentos se analiza este tema.
En los casos de cargos permanentes no prescribe el cargo, sino la acción para ejecutar el cargo y pedir la revocación del mismo. Todo esto con intervención judicial.
Con absoluta liviandad sancionaron esa ley solo, por la fuerza de la mayoría, que no garantizaba una razonable solución a la situación a resolver., como resulto en los hechos.
El estado actual del predio donado, demuestra el error legislativo y de todos los funcionarios que lo avalaron, al dar por cumplido los cargos de la donación.
Por eso la reflexión al oficialismo y sus socios, no sean mayorías automáticas, cuiden la razonabilidad de las normas, debatan, no sancionen leyes express, escuchen y sobre todo busquen consenso.
A las leyes también hay que analizarlas en su proyección pensando en que puede pasar cuando se las aplique, el vértigo legislativo no es bueno si no hay urgencia. Recuerden cuando se quiso derogar la ley 7722.
Además, después de sancionar una ley, hay que hacerle un seguimiento en su ejecución para ver si se cumplió con el espíritu de la misma, y como verán ni los legisladores que la aprobaron, ni la comuna de las Heras que también estimulo la ley, se han preocupado mucho en estos 5 años.
Acá tienen un ejemplo de un predio valiosísimo que se podría haber recuperado, hoy después de 5 años , todo está igual, diría peor, nos es una buena imagen para la Mendoza que queremos
Las preguntas son ¿Quiénes se hacen responsables ante la ciudadanía, de este fracaso legislativo.? ¿Hará algo la Dirección de Personas Jurídicas ante la evidencia pública del abandono del predio, ¿La comuna de las Heras por su competencia, ha hecho algún relevamiento, del estado calamitoso de las instalaciones del club Jorge Newbery?
Por Pedro García Espetxe