Punto final: la Corte confirmó el desalojó de mapuches del Lof El Sosneado

La Suprema Corte desestimó la acción de nulidad que habían presentado los representantes de Nilda Edith Verón.

SOCIEDAD

Este jueves la Suprema Corte de Justicia de Mendoza le puso fin al litigio entre Sominar y la comunidad mapuche del LOF El Sosneado. Si bien en junio del año pasado el máximo órgano de justicia ya se había expedido sobre la causa rechazando la demanda interpuesta por el lof mapuche, en noviembre se había interpuesto una acción de "cosa juzgada írrita" contra esa sentencia y se solicitó una medida cautelar de no innovar. Finalmente, el planteo fue rechazado.

Así consta en el auto firmado por los jueces José Valerio y Mario Adaro, mediante el cual se desestima la acción de nulidad de "cosa juzgada írrita". Pero al mismo tiempo rechaza la medida cautelar presentada por el Lof El Sosneado, por lo que se podrá avanzar con el desalojo de la comunidad del predio que ocupan en San Rafael.

El juez José Valerio firmó el fallo junto a Mario Adaro.

En total son cerca de 3.500 hectáreas las que forman parte del conflicto entre la comunidad Lof El Sosneado y Sominar S.A. La Justicia Civil había ordenado el desalojo y tanto la Corte de Mendoza como la Suprema Corte de la Nación fallaron en el mismo sentido.

Atento a ello, el Lof El Sosneado presentó un recurso amparándose en la resolución INAI 80/2023 que ordenó la inscripción de la personería jurídica de Lof El Sosneado en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. Sin embargo, la Justicia entiende que la comunidad no ha demostrado una posesión actual, tradicional y pública como lo exige la legislación protectora.

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