Promulgaron la ley que flexibiliza el uso de armas de fuego en la Policía 

SOCIEDAD

Este lunes, tras la publicación en el boletín oficial, el gobierno promulgó la ley 9.700 que flexibiliza el uso de armas de fuego en la Policía y frena las sanciones administrativas a los efectivos bajo investigación.

La norma, impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia en Mendoza, modifica de manera integral el estatuto policial (Ley 6.722) y otorga un fuerte respaldo legal y operativo a las fuerzas de seguridad locales.

La reforma, que ya entró en vigencia tras pasar por la Legislatura provincial, amplía las facultades de los agentes en la vía pública, pero el eje central de la discusión se instaló en los nuevos y específicos criterios para el uso de armas de fuego. Uso de armas de fuego en la Policía: el nuevo protocolo de "Peligro Inminente".

Promulgaron la ley que flexibiliza el uso de armas de fuego en la Policía

A partir de ahora, la ley exime a los policías de la obligación de identificarse a viva voz antes de disparar en situaciones de "desventaja numérica o táctica" o cuando dar la alerta ponga en riesgo su vida o la de terceros. 

Sin embargo, el punto que promete mayor debate es la incorporación del artículo 7 bis, que detalla cuándo un efectivo puede considerar que su vida corre peligro:

  • Réplicas de armas: Los agentes podrán abrir fuego si el agresor esgrime un arma letal, incluso si después de la investigación se comprueba que se trataba de un simulacro o réplica.
  • Fuga armada: Se autoriza el uso de la fuerza letal para detener a sospechosos que escapen armados tras haber causado o intentado causar la muerte o lesiones graves.
  • Presunción de riesgo: Movimientos corporales que hagan presumir "verosímilmente" que el sospechoso busca utilizar un arma o mejorar su posición de ataque serán argumento suficiente para la acción policial.
  • Asistencia obligatoria: Como contraparte, la ley establece que, en caso de que el uso de armas cause heridos o fallecidos, los efectivos deberán garantizar asistencia médica inmediata y notificar de urgencia a la Justicia y a los familiares de los afectados.

"Presunción de inocencia" administrativa

Otro de los reclamos históricos de la fuerza que recoge esta ley es el freno a las suspensiones preventivas automáticas. Con el nuevo artículo 8 bis, ni el Ministerio de Seguridad ni la Inspección General de Seguridad (IGS) podrán aplicar sanciones disciplinarias o administrativas a los policías involucrados en un tiroteo, siempre y cuando se presuma que actuaron bajo el amparo de la ley y mientras no exista una condena judicial firme.

Con esto, el Gobierno provincial busca erradicar la sensación de "desprotección institucional" que manifestaban los uniformados al ser separados de sus cargos durante los procesos de investigación.

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Convocatoria a retirados

Finalmente, la Ley 9.700 incluye un incentivo económico para reincorporar personal de experiencia. 

Aquellos policías retirados que sean convocados para cumplir tareas directivas o de conducción con disponibilidad permanente, recibirán un plus de hasta el 100% del sueldo correspondiente a su jerarquía al momento del retiro. 

En tanto, quienes se sumen para tareas operativas específicas de apoyo podrán percibir hasta un 80%.



 

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