Declararon la emergencia y desastre agropecuario en varias zonas de la provincia
Los productores recibirán beneficios impositivos y ayudas económicas, que incluyen exenciones fiscales y bonificaciones en tarifas de riego agrícola y energía
El Gobierno provincial declaró "emergencia" y "desastre agropecuario" en más de 30 distritos, producto de los daños sufridos por los cultivos durante las tormentas de granizo del último verano. La medida entró en vigencia través del decreto 1109 publicado esta mañana en el Boletín Oficial de la provincia.
"Declárese en Estado de emergencia agropecuaria, en los términos de la Ley Nº 9083, a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de los Distritos que a continuación se consignan y que hayan sufrido un daño del cincuenta por ciento (50%) y hasta el setenta y nueve por ciento (79%) en su producción por efecto de Tormentas de Granizo ocurridas durante el período agrícola 2024/2025", indica el decreto.
En concreto, la normativa menciona a los siguientes distritos:
San Carlos
- Eugenio Bustos y Pareditas;
Tunuyán
- El Algarrobo y Los Chacayes;
Tupungato
- El Peral y El Zampal;
Junín
- Alto Verde, Medrano, Mundo Nuevo y Rodríguez Peña;
Rivadavia
- Andrade, La Central, Medrano y Mundo Nuevo;
San Martín
- Chapanay, Nueva California, Palmira Y San Martín;
Las Heras
- El Algarrobal;
Lavalle
- Costa de Araujo, El Plumero, El Vergel, Ing. Gustavo André, La Palmera y La Pega;
Luján de Cuyo
- Carrizal y Ugarteche;
Maipú
- Barrancas, Cruz de Piedra, Rusell y San Roque.
En tanto, se declaró la emergencia agropecuaria para aquellas propiedades con un daño del 80% o superior en su producción. En ese caso, el decreto enumera los siguientes distritos:
San Carlos
- Chilecito y Pareditas;
Tupungato
- Cordón del Plata y Gualtallary;
Junín
- Junín, La Colonia y Mundo Nuevo;
Rivadavia
- Andrade y Mundo Nuevo;
San Martín
- Alto Salvador, Palmira y San Martín;
Lavalle
- El Vergel y La Pega;
Luján de Cuyo
- Carrizal y Ugarteche;
Maipú
- Cruz de Piedra, Fray Luis Beltrán y San Roque
Cuáles son los beneficios
Los productores que entren en "emergencia o desastre" agropecuario gozarán de diferentes beneficios. Entre ellos, tendrán la eximición de la obligación de pagar el impuesto inmobiliario, así como la "eximición de los cánones de riego (superficial y subterráneo) por un valor igual al cincuenta por ciento (50%) de la factura correspondiente".
Además, gozarán de una prórroga de hasta noventa (90) días hábiles administrativos posteriores al vencimiento del período de emergencia para los vencimientos de cuotas correspondientes a créditos otorgados por organismos financieros oficiales o mixtos provinciales, a pedido de los interesados, que se hicieran exigibles durante el período que rija la emergencia.
Por otro lado, las empresas y cooperativas distribuidoras de energía eléctrica deberán establecer, con el solo hecho de la presentación del Certificado de Emergencia Agropecuaria, una bonificación del veinticinco por ciento (25%) en las facturas correspondientes a la energía eléctrica utilizada para riego agrícola (Tarifa de Referencia a Usuarios).