Cuánto debo pagar de monotributo, según mi categoría

Las nuevas escalas rigen desde agosto del 2025.

SOCIEDAD

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha publicado las nuevas escalas del monotributo que rigen a partir de agosto de 2025. Esta actualización semestral, que estará vigente hasta febrero de 2026, se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para ajustar los topes de ingresos de cada categoría, así como los montos a pagar.

Nuevas escalas de ingresos

ARCA ha definido los siguientes límites de ingresos brutos anuales para cada categoría del monotributo, que los contribuyentes deben tener en cuenta para su recategorización:

  • Categoría A: hasta $8.992.597,87
  • Categoría B: hasta $13.175.201,52
  • Categoría C: hasta $18.473.166,15
  • Categoría D: hasta $22.934.610,05
  • Categoría E: hasta $26.977.793,60
  • Categoría F: hasta $33.809.379,57
  • Categoría G: hasta $40.431.835,35
  • Categoría H: hasta $61.344.853,64
  • Categoría I: hasta $68.664.410,05
  • Categoría J: hasta $78.632.948,76
  • Categoría K: hasta $94.805.682,90

Montos a pagar por categoría

Los montos totales a pagar mensualmente incluyen el impuesto integrado, el aporte previsional y la obra social. Estos son los nuevos valores vigentes a partir de agosto de 2025:

  • Categoría A: $37.085,74
  • Categoría B: $42.216,41
  • Categoría C: $49.435,58 (servicios) o $48.320,22 (comercio de bienes)
  • Categoría D: $63.357,80 (servicios) o $61.824,18 (comercio de bienes)
  • Categoría E: $89.714,31 (servicios) o $81.070,26 (comercio de bienes)
  • Categoría F: $112.906,59 (servicios) o $97.291,54 (comercio de bienes)
  • Categoría G: $172.457,38 (servicios) o $118.920,05 (comercio de bienes)
  • Categoría H: $391.400,62 (servicios) o $238.038,48 (comercio de bienes)
  • Categoría I: $721.650,46 (servicios) o $355.672,64 (comercio de bienes)
  • Categoría J: $874.069,29 (servicios) o $434.895,92 (comercio de bienes)
  • Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) o $525.732,01 (comercio de bienes)

Estos nuevos montos y topes de ingresos estarán vigentes para el período de julio a diciembre de 2025. Los monotributistas deben revisar su situación para asegurarse de que sus ingresos anuales se ajustan a su categoría actual, o de lo contrario, proceder a la recategorización correspondiente.

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